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El Tribunal Constitucional protege a un individuo extraditado por actividades yihadistas que reportó haber sido torturado en Marruecos y solicitó compensación a España

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Anula la decisión de la Audiencia Nacional de desestimar su recurso y le ordena dictar una nueva sentencia “respetuosa” con su derecho

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado otorgar el amparo a Ali Aarrass, un ciudadano de nacionalidad marroquí y belga, que alega haber sufrido torturas en Marruecos tras haber sido extraditado por España, a quien reclama una indemnización de 3 millones de euros por mal funcionamiento de la justicia después de que la ONU le diera la razón y reconociera los malos tratos en el país magrebí.

Según ha informado la corte de garantías, el Pleno ha reconocido el derecho del demandante a la tutela judicial efectiva sin indefensión, en relación con su derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes.

Así las cosas, el TC ha acordado anular la decisión del Tribunal Supremo de inadmitir el recurso de casación que presentó el hombre contra la sentencia de la Audiencia Nacional que desestimó su recurso inicial. Además, ha ordenado retrotraer las actuaciones para que se dicte una resolución “respetuosa con el derecho fundamental” del demandante.

Esta decisión no ha sido adoptada por unanimidad. De hecho, la magistrada del sector progresista Laura Díez y los del ala conservadora Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel han anunciado que redactarán un voto particular en el que esbocen sus discrepancias con la resolución aprobada por la mayoría del Pleno.

Este asunto ha generado debate en el tribunal desde el pasado febrero, cuando el tribunal acordó posponer su fallo sobre el recurso de Aarrass para estudiar qué respuesta debe dar la justicia española a este tipo de casos.

La primera vez que la corte de garantías abordó la cuestión lo hizo en base a una ponencia redactada por el magistrado Tolosa, quien proponía desestimar el recurso de amparo.

EL DICTAMEN DE LA ONU

Según el relato recogido en el dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a 2006, cuando la Audiencia Nacional comenzó a investigar a Aarrass por su presunta implicación en los atentados perpetrados el 1 de mayo de 2003 en Casablanca, así como por su supuesta pertenencia al movimiento yihadista Harakat Al Moudjahidine Fi Al Maghrib.

La investigación finalmente fue archivada en 2009, pero de forma paralela los tribunales marroquíes emitieron una orden internacional de busca y captura en su contra por delitos de terrorismo al sospechar que mantenía contactos con células de Al Qaeda en el Magreb para crear campos de entrenamiento paramilitar en Argelia. En ejecución de dicha orden, el 1 de abril de 2008 fue detenido en Melilla y puesto a disposición de la Audiencia Nacional.

Tras un largo recorrido judicial, que llegó hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), finalmente Aarrass fue extraditado en 2010, después de que todas las instancias ignoraran su advertencia sobre el riesgo de ser torturado para obtener una confesión. La Audiencia Nacional entendió que no podían considerarse sistemáticas y generalizadas ni, por tanto, asumir que las sufriría.

Aarrass aseguró en su denuncia ante la ONU que durante su detención en Marruecos fue torturado para hacerle firmar testimonios escritos. Según detalló, fue violado, drogado y sometido a descargas eléctricas y privación de sueño, un “maltrato severo” que le provocó problemas de audición y pérdida de sensibilidad en las extremidades, así como estrés postraumático.

El hombre formuló denuncia en el Comité de Derechos Humanos de la ONU reprochando que, a pesar de que “era previsible que existía un riesgo personal y real de ser torturado”, las autoridades judiciales españolas se “limitaron a examinar superficial y formalmente sus alegaciones”.

En 2014, la ONU le dio la razón al considerar que España “no evaluó adecuadamente el riesgo de tortura y severos malos tratos” y, en consecuencia, violó el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el cual establece que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

El Comité determinó, además, que España tenía la obligación, entre otras cosas, de proporcionar a Aarrass “un recurso efectivo, que incluya proporcionar una compensación adecuada por la violación sufrida, teniendo en cuenta los actos de tortura y malos tratos a que fue expuesto como consecuencia de su extradición a Marruecos”.

Con este dictamen, Aarrass reclamó a España una indemnización de más de 3 millones de euros por mal funcionamiento de la administración de justicia, pero le fue denegada, lo que le ha llevado de vuelta al Tribunal Constitucional, que este martes le ha dado la razón y ha acordado otorgarle el amparo.


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