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El Tribunal Constitucional acepta la abstención de Pumpido en los recursos de Delgado por la anulación del nombramiento para su cargo actual

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MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional (TC) ha aceptado la abstención de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, en los recursos de amparo presentados por Dolores Delgado contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de anular su nombramiento como fiscal de sala de Memoria Democrática y Derechos Humanos, cargo que ostenta en la actualidad, según informan fuentes jurídicas a Europa Press.

En el Pleno del pasado 12 de febrero, el TC ya aceptó la abstención de Conde-Pumpido en los recursos de amparo formulados por Delgado contra su ascenso a la máxima categoría de la carrera fiscal al ser designada fiscal de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.

Fue en noviembre de 2023 cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo anuló el nombramiento de Delgado como fiscal de sala del alto tribunal al apreciar una “desviación de poder” por parte del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, al proponerla para dicho cargo.

En mayo de 2024, también anuló su posterior designación como fiscal de sala de Memoria Democrática y Derechos Humanos porque no se consultó al Consejo Fiscal, si bien en este caso descartó que hubiera desviación de poder por parte de García Ortiz. Poco después, en julio de ese mismo año, el órgano consultivo declaró la compatibilidad de Delgado para ejercer dicho cargo, tras lo cual volvió a ser designada para el mismo.

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Conde-Pumpido acordó abstenerse de las impugnaciones lanzadas por Delgado sobre ambos asuntos, después de que el fiscal José Miguel de la Rosa le recusara de otros recursos de amparo, los presentados por otro fiscal, Eduardo Esteban Rincón, contra las sucesivas sentencias del TS que anularon hasta dos veces su nombramiento como fiscal coordinador de menores, puesto para el que le propuso la propia Delgado cuando era fiscal general del Estado.

De la Rosa, que también aspiraba al cargo, recordó que Conde-Pumpido, como fiscal general del Estado –cargo que ocupó entre 2004 y 2011–, fue superior tanto suyo como de Esteban Rincón, alegando que el artículo 80 de la Ley Orgánica del TC (LOTC) impedía que formara parte del Pleno que sentenciará los dos recursos de amparo presentados por este último.

Dicho precepto remite con “carácter supletorio” en esta materia a la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), la cual estable de que “son causas de abstención y, en su caso, de recusación” el “ser o haber sido una de las partes subordinado del juez que deba resolver la contienda litigiosa”.

De acuerdo con las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, aunque Conde-Pumpido optó por abstenerse, lo hizo por ser una de las causas legalmente previstas, no porque viera afectada su imparcialidad para estudiar un recurso relativo a uno de los miles de fiscales que promocionó cuando ejerció de fiscal general del Estado hace una década.

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LA “APARIENCIA DE IMPARCIALIDAD”

Formalmente, según informó el TC, Conde-Pumpido comunicó su voluntad de abstenerse “a fin de garantizar el derecho a un proceso con todas las garantías de quien es parte o se ve afectado por el contenido de la resolución cuestionada en el proceso de amparo referido”.

“Y con el propósito de reforzar la apariencia de imparcialidad del TC en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas en defensa de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, es decir, en defensa de la Constitución y los valores que proclama”, detalló el TC el pasado 12 de febrero.

Ese día, el Pleno estimó procedente aceptar como causa de abstención la señalada –esto es, la prevista en el apartado 12 del artículo 219 de la LOPJ–, debido a “la relación que tuvo como fiscal general del Estado con los interesados en los recursos de amparo”.

Aunque respecto a los asuntos relativos a Delgado no había recusaciones planteadas, Conde-Pumpido también se abstuvo por las mismas razones que en el caso de Esteban Rincón, indican las fuentes consultadas. El 12 de febrero, el Pleno avaló la abstención del presidente del TC respecto a todos los recursos presentados por ese fiscal y los registrados por Delgado en relación con su ascenso. Ahora, da el mismo paso con las impugnaciones relativas al segundo nombramiento de Delgado.

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Cabe recordar que el Supremo anuló por primera vez la designación de Esteban Rincón como fiscal coordinador de menores en abril de 2022 al considerar que Delgado no lo había justificado suficientemente. Tras ello, la otrora jefa del Ministerio Público aportó un escrito explicando sus razones y volvió a nombrarlo, pero la Asociación de Fiscales (AF) y De la Rosa impugnaron y el TS les dio otra vez la razón en julio de 2023.

El TS recordó que el primer nombramiento se anuló por “falta de motivación del acto administrativo en lo específicamente atinente a la muy notable diferencia de experiencia y méritos en materia de derecho de menores” y afeó que sobre este mismo extremo la nueva motivación de Delgado “solo” decía que, “en el fondo, no es relevante”. “No se ha satisfecho en absoluto lo exigido”, recriminó la Sala de lo Contencioso-Administrativo.


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