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El TJUE dice que los profesores deben dar consentimiento para la difusión de sus clases online

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BRUSELAS, 30 (EUROPA PRESS)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado este jueves que las reglas de protección de datos de la Unión Europea cubren al profesorado de la enseñanza pública igual que al alumnado, por lo que el enseñante debe también dar su permiso para la difusión en directo de sus clases en Internet.

El fallo responde así a la cuestión prejudicial de un juzgado alemán sobre el alcance del reglamento general de protección de datos de la UE (RGPD) y su compatibilidad con una norma nacional que establece que la emisión online de las clases no debe estar supeditada al requisito del consentimiento de los docentes.

El Tribunal con sede en Luxemburgo advierte de que la normativa nacional no puede ser “más específica” que la europea si ello supone que no cumple las condiciones fijadas por el RGPD, por lo que deben excluirse las disposiciones nacionales que no respeten las “condiciones y límites” establecidos por la regla comunitaria.

Por ello, insiste, el tratamiento de datos personales de docentes en el marco de la difusión en directo por videoconferencia de las clases de enseñanza pública que imparten está comprendido en el ámbito de aplicación material del RGPD.

Dichas normas, añade, deben tener por objeto la protección de los derechos y libertades de los trabajadores en relación con el tratamiento de sus datos e incluir medidas adecuadas y específicas destinadas a proteger la dignidad humana, los intereses legítimos y los derechos fundamentales de los interesados.

Por otra parte, debe prestarse especial atención a la transparencia del tratamiento, a la transferencia de datos personales dentro de un grupo empresarial o de una unión de empresas dedicadas a una actividad económica conjunta, y a los sistemas de supervisión en el lugar de trabajo.


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