BRUSELAS, 19 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha anulado este jueves la decisión del Banco Central Europeo (BCE) que se opuso en 2016 a la adquisición de una participación cualificada –igual o superior al 10% de las acciones o derechos de voto de una entidad– en Banca Mediolanum por parte del ex primer ministro italiano Silvio Berlusconi, así como la sentencia del Tribunal General que desestimó el recurso de anulación del político transalpino.
En 2014, el Banco de Italia ordenó la cesión, en un plazo de 30 meses, de la participación de Fininvest –una sociedad de cartera italiana de cuyo capital era titular mayoritariamente Berlusconi– en Mediolanum que superase el 9,99 % y la suspensión inmediata de los derechos de voto inherentes a las acciones correspondientes.
El Banco de Italia adoptó está medida después de que Berlusconi fuese declarado culpable de fraude fiscal, por lo que ya no cumplía el requisito de reputación al que se supedita la posesión de la participación cualificada.
La decisión del Banco de Italia fue anulada por el Consejo de Estado italiano en 2016, mientras que Mediolanum fue absorbida por su filial Banca Mediolanum. A raíz de estos acontecimientos, el Banco de Italia y el BCE consideraron que tanto Berlusconi como Fininvest habían adquirido una participación cualificada en el capital de Banca Mediolanum, pero la legislación UE establece que esa adquisición debe ir precedida de una notificación y ser objeto de una evaluación por parte de la autoridad nacional competente, que transmite a continuación al BCE una propuesta de decisión.
A instancias del Banco de Italia, el BCE se opuso a la adquisición de una participación cualificada en Banca Mediolanum por parte de Berlusconi alegando que este no cumplía el criterio de reputación, contra lo que tanto Berlusconi como Fininvest interpusieron sendos recursos para solicitar la anulación de esta decisión, que fueron desestimados por el Tribunal General.
Sin embargo, en su sentencia de este jueves, el Tribunal de Justicia anula la sentencia del Tribunal General y la decisión controvertida del BCE al considerar, por un lado, que el Tribunal General desnaturalizó los hechos del litigio e incurrió en un error de Derecho al declarar que los recurrentes adquirieron una participación cualificada en Banca Mediolanum en 2016.
El TJUE señala que no podía considerarse que Berlusconi hubiera adquirido una participación cualificada en 2016, sino que se limitó a conservar una participación cualificada adquirida mucho antes, en una fecha en la que las disposiciones aplicadas por el BCE aún no habían sido traspuestas a la legislación nacional, por lo que el BCE no podía oponerse legalmente a la posesión de una participación cualificada en Banca Mediolanum por parte del ex primer ministro italiano.
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