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El Supremo procesa por prevaricación y malversación al diputado del PP Alberto Casero

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MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

El magistrado instructor del Tribunal Supremo Andrés Palomo ha acordado procesar al diputado del PP Alberto Casero por los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en relación a cinco contratos que firmó cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018 sin sujetarse a los procedimientos administrativos legalmente establecidos.

En su auto de pase a procedimiento abreviado, el magistrado da diez días a la Fiscalía para que solicite la apertura de juicio oral formulando su escrito de acusación.

Fue en marzo de 2022 cuando el Supremo decidió abrir causa contra Casero después de que el juzgado de Trujillo se inhibiera a su favor. Entonces, en ocho folios, el tribunal repasaba la exposición razonada del juzgado de Trujillo, que abrió diligencias previas en virtud de una denuncia de la Fiscalía relativa a determinados contratos, acuerdos o convenios concertados en 2017 y 2018 por Casero –cuando era alcalde de la localidad– con terceros.

Según la prueba documental y testifical aportada por el juzgado, existen indicios sólidos de que los citados actos de contratación se realizaron por Casero sin sujetarse al procedimiento administrativo previsto para ello, por lo que a su juicio se comprometió al pago de diversas cantidades sin comunicarlo al Ayuntamiento y sin los informes necesarios.

El juzgado señaló, a su vez, que en marzo de 2017 contrató a un psicólogo ocultándolo al Ayuntamiento, sin aportar el contrato, sin expediente de contratación, sin informe sobre la necesidad del servicio y sin aprobación del gasto.

En septiembre de 2017, firmó con el presidente de la Cámara de Comercio de Perú en España un contrato comprometiendo al Ayuntamiento al pago de 25.000 euros, sin dar cuenta a los servicios económicos y jurídicos del Ayuntamiento, sin que el acuerdo fuera aprobado previamente y sin someterlo a información pública ni publicarse en el BOE.

Ese mismo año, Casero habría acordado verbalmente aportar 18.000 euros a un evento organizado por la Asociación Cultural Bon Vivant, sin seguir procedimiento alguno y sin informar a los servicios del Ayuntamiento. En junio de 2018, firmó un contrato de patrocinio con la misma asociación comprometiéndose a la aportación de 18.000 euros, asumiendo además otros costes, sin seguir procedimiento alguno de contratación.

La exposición razonada recogía además otros dos hechos. Un contrato en 2018 con la empresa Icaro Consultores en Comunicación, SLU, para la organización de un evento por importe de 14.303 euros más IVA, sin informar a los servicios competentes y sin seguir el procedimiento adecuado. Y otro contrato, de ese mismo año, con Radio Interior SL –un contrato de servicios de comunicación y promoción de la Feria del Queso de Trujillo– en cuantía superior a 15.000 euros, acudiendo al procedimiento propio del contrato menor cuando, por la cuantía, debería ser licitado en procedimiento abierto.


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