MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
El Senado mantiene la convocatoria de la comisión de investigación de este jueves pese a que la expareja de Koldo García Patricia Úriz ha afirmado que no comparecerá alegando que no ha sido notificada oficialmente, algo que el PP ha negado, explicando que esta notificación fue recogida por un familiar en su domicilio.
Fuentes ‘populares’ han recordado que no comparecer en una Comisión de Investigación es un delito tipificado en el artículo 502.1 del Código Penal y han querido desmentir que la expareja de Koldo García alegue que no ha sido notificada para no acudir mañana jueves a su comparecencia en la comisión del Senado, prevista para las 10.30 horas.
El PP relata que el Senado contactó con ella vía telefónica para pedirle una dirección de correo electrónico o una dirección postal para mandarle la citación, “a lo que ella contestó que no tenía ninguna de las dos cosas”.
Las mismas fuentes han explicado que el Senado, ante esa respuesta, le mandó la notificación vía postal a la dirección de una vivienda en Benidorm, “donde también se entregó la citación a su marido Koldo García”.
“Esa notificación fue recogida por un familiar en ese domicilio. Por tanto, la notificación está entregada, Patricia Úriz está convocada y la Comisión de Investigación se celebrará mañana”, han concluido.
El PP ha reaccionado de esta forma tras conocer que la expareja del exasesor de José Luis Ábalos no tiene previsto acudir a la comisión del Senado, según han indicado a Europa Press fuentes del entorno de Úriz.
Úriz está llamada a comparecer por el PP, que quiere interrogarla por su condición de “investigada” en el caso y “no como mujer de Koldo” “Porque ocupó un puesto de confianza en la secretaria de José Luis Ábalos y porque sabemos que fue beneficiada por la trama”, justificaron los ‘populares’ su citación, haciéndola coincidir con el primer aniversario del estallido del caso.
OBLIGACIÓN DE COMPARECER
El PP ha recordado que no comparecer en una comisión de investigación es un delito tipificado en el artículo 502.1 del Código Penal, que contempla que quienes no comparezcan ante una comisión de investigación tras ser requeridos en forma legal y bajo apercibimiento “serán castigados como reos del delito de desobediencia”.
Además, la Constitución establece en su artículo 76 que es “obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras” en las comisiones de investigación y añade que la ley regula las sanciones por incumplir esa obligación.
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