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El Senado aprueba la reforma judicial que restringe puertas giratorias, pactada por PP y PSOE

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MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Senado ha aprobado este miércoles de manera definitiva la reforma judicial pactada por PP y PSOE, en el marco de su acuerdo para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que objetiva nombramientos y restringe puertas giratorias, entre otras cosas. De esta manera, concluye su tramitación parlamentaria y entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La propuesta sólo ha contado con el voto a favor de los dos grandes partidos. Enfrente se han encontrado con el ‘no’ de Vox y Junts y la abstención del Grupo Izquierda Confederal. También se han abstenido Unión del Pueblo Navarro (UPN) y PNV.

De su parte, ERC, Bildu y BNG, han optado por desmarcarse no participando en la votación como han venido haciendo durante toda la tramitación, al considerar que no cambia “nada” y sigue favoreciendo la persecución judicial que definen como ‘lawfare’.

En su paso por el Congreso, PSOE y PP únicamente introdujeron en la norma algunos retoques técnicos, mientras que en el Senado la norma no ha sufrido ningún cambio, ya que los dos partidos mayoritarios acordaron desde el primer momento no aceptar enmiendas que no lleven la firma de ambos. De este modo, la ley se manda al BOE para su publicación.

OBJETIVAR NOMBRAMIENTOS

La proposición de ley, recogida por Europa Press, consta de dos artículos, una disposición adicional, una transitoria y una final. El artículo uno tiene trece apartados que, entre otras cuestiones, afectan a los requisitos para el nombramiento de magistrados en las Salas del Tribunal Supremo y a los servicios especiales y las excedencias voluntarias de jueces y magistrados.

Con idea de objetivar los nombramientos, la reforma incrementará de 15 a 20 años el tiempo que deben haber cumplido los miembros de la carrera judicial para poder ser nombrados magistrados del Supremo.

Además, establecerá una mayoría de tres quintos de los vocales del CGPJ para nombrar presidentes de las Audiencias Provinciales y al magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), así como su sustituto.

También prevé la creación de una Comisión de Calificación en el CGPJ, que estaría integrada por cinco vocales y que deberá informar sobre todos los nombramientos que sean competencia del Pleno, con el fin de garantizar una valoración objetiva de las candidaturas presentadas. La ley contempla que el Pleno pueda crear “otras comisiones”, pero igualmente por mayoría de tres quintos.

RESTRINGIR PUERTAS GIRATORIAS

Además, la reforma plantea una serie de cuestiones para evitar las denominadas ‘puertas giratorias’. Así, los jueces que se presenten como candidatos al Parlamento Europeo, Congreso, Senado, Asambleas legislativas autonómicas o una Alcaldía, y los que hayan sido elegidos para estos puestos u ocupen un cargo público con rango superior a director general, serán declarados en situación de excedencia voluntaria y desde ahí “no podrán reingresar al servicio activo hasta dos años después del cese en el cargo que motivó la excedencia voluntaria”.

En cuanto a los jueces que sean nombrados para un cargo político de confianza con rango de director general o inferior deberán ser declarados en la situación de “servicios especiales”.

Respecto del CGPJ, se introduce un “régimen de incompatibilidades” para poder ser designado como vocal por el cupo de juristas de reconocida competencia. Así, “no podrán ser elegidos quienes, en los cinco años anteriores, bien hayan sido titulares de un Ministerio o de una Secretaría de Estado o de una Consejería de un gobierno autonómico o de una Alcaldía, o bien hayan ocupado cargos públicos representativos en el Parlamento Europeo, el Congreso, el Senado o las Asambleas legislativas autonómicas.

Además, los candidatos a esas ocho plazas de juristas habrán de comparecer previamente ante la comisión de nombramientos de la Cámara correspondiente y presentar una memoria de méritos y objetivos.

INCOMPATIBILIDADES PARA EL FISCAL GENERAL

El artículo dos de la proposición de ley se centra en modificar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y, además de los requisitos profesionales que ya existen para ocupar el puesto de fiscal general, establece un nuevo régimen de incompatibilidades para acceder al cargo.

En este sentido, “no podrá ser propuesto quien, en los cinco años anteriores, bien haya sido nombrado titular de un Ministerio o de una Secretaría de Estado o de una Consejería de un gobierno autonómico o de una Alcaldía o haya tenido la condición de eurodiputado, diputado o senador, o miembro de una asamblea legislativa de una comunidad autónoma”.

La nueva redacción determina que el fiscal general del Estado “deberá abstenerse de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de las causas de abstención establecidas para los jueces y magistrados en la Ley del Poder Judicial (LOPJ)”.

Asimismo, las partes intervinientes en los referidos pleitos o causas podrán acudir al superior jerárquico del fiscal de que se trate interesando que, en los referidos supuestos, se ordene su no intervención en el proceso. Cuando se trate del propio fiscal general del Estado, las partes intervinientes podrán dirigirse al teniente fiscal del Tribunal Supremo y la decisión la tomará la Junta de Fiscales de Sala.

Y EN SEIS MESES, PROPUESTAS PARA REFORMAR EL CGPJ

Por último, la reforma incluye una disposición adicional ordenando al nuevo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que se prevé nombrar este mes julio, que en el plazo de seis meses redacte un informe analizando los distintos sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al español e incluyendo una propuesta de reforma del sistema de elección de los vocales del cupo de jueces y magistrados.

Las sugerencias del CGPJ, con las que el PP espera cambiar el actual sistema de elección y que el PSOE no acepta que las Cortes Generales queden al margen, habrán de ser aprobadas “por una mayoría de tres quintos de sus vocales” y deberán estar acordes “con los mejores estándares europeos” con idea de que pudiera “ser evaluada positivamente” por la Comisión Europea.

Esa propuesta del CGPJ se trasladará después al Gobierno y a las Cortes para que, basándose en ella, se presente una reforma legislativa para su debate, y en su caso, tramitación y aprobación. Eso sí, su aprobación o no dependerá del Congreso y del Senado, donde se requiere al menos un respaldo de la mayoría absoluta dado su rango orgánico.


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