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El Registro Nacional de Armas tiene una nueva regulación aprobada por el Gobierno

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MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

EL Gobierno ha aprobado este martes, en su reunión ordinaria del Consejo de Ministros, un real decreto que recoge la reforma del actual Reglamento de Armas para incluir en su texto la regulación del Registro Nacional de Armas.

Según ha precisado el Ejecutivo, el real decreto modifica el apartado 1 del artículo 9 del reglamento de armas para precisar que en el Registro Nacional de Armas deben constar “todos los datos necesarios para expedir las licencias, autorizaciones, permisos, tarjetas y guías de pertenencia de las armas”.

Con ello, el registro recogerá “toda la información y datos conexos de las armas, de sus componentes esenciales, de las armas asimiladas a armas de fuego, de las de alarma y señales, de las de aire u otro gas comprimido, de las armas inutilizadas y las defensas eléctricas, de modo que se garantice su identificación y trazabilidad”, ha detallado el Gobierno.

En este sentido, esta modificación también va a afectar al punto 4b) del mismo artículo 9 del reglamento de armas, de tal manera que ahora concretará que las autoridades competentes para el acceso a los registros de armas de fuego y de componentes esenciales, así como a los datos personales conexos, son “todas aquellas competentes para la prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o la ejecución de infracciones penales, incluidas la protección y prevención frente a amenazas contra la seguridad pública”.

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El real decreto de reforma del Reglamento de Armas cuenta con los informes favorables del Consejo de Estado, la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos y la Agencia Española de Protección de Datos.


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