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El Real Decreto aprobado por el Gobierno crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública

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MADRID, 18 (SERVIMEDIA)

La ministra de Sanidad, Mónica García, anunció este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la aprobación del Real Decreto por el que se crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública.

En su intervención, García felicitó al director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (Ccaes), Fernando Simón, quien “ha estado detrás de este Real Decreto que se tenía pendiente desde el año 2011 y en el que la Ley de Salud Pública nos avisaba de que teníamos que tener esta red de vigilancia”.

De hecho, remarcó, “esta red permitirá tener una recogida de datos precisa para tener protocolos que nos permitan tener un sistema de alerta precoz para identificar en menos de 24 horas todas las alertas que pongan en peligro nuestra salud”.

Esta Red Estatal incluirá el Sistema de Alerta Precoz y Respuesta Rápida. Además, se definen las funciones y el proceso para designar los Laboratorios Nacionales de Referencia que colaborarán con esta Red.

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La creación de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública, establecida en este real decreto, forma parte de la Estrategia de Vigilancia en Salud Pública aprobada el 15 de junio de 2022.

INFORMACIÓN RELEVANTE

Su objetivo principal es proporcionar información relevante y oportuna a los profesionales sanitarios, al Sistema Nacional de Salud (SNS) y a la ciudadanía en general. Para ello, amplía el alcance de la vigilancia en salud pública, abarcando no solo las enfermedades transmisibles, sino también otros factores que influyen en el bienestar, la morbilidad y la mortalidad de la población.

La Red contará, en principio, con cinco sistemas de vigilancia, aunque el Gobierno podrá ampliar su número a propuesta del Comité de Gestión de la Red y previo informe de la Comisión de Salud Pública.

Estas cinco áreas serán: sistemas de vigilancia de las enfermedades no transmisibles, que incluirán el Sistema de Vigilancia de Cáncer; Sistema de Vigilancia de las Enfermedades Transmisibles, incluyendo las resistencias a los antimicrobianos y las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria; Sistema de Vigilancia en Salud Laboral; Sistema de Vigilancia en Salud Ambiental; y Sistema de Alerta Precoz y Respuesta Rápida.

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RESPUESTA RÁPIDA

El objetivo es garantizar una detección precoz y una respuesta rápida, oportuna y coordinada ante amenazas que supongan o puedan suponer un riesgo para la salud de la población a nivel nacional o internacional.

Además, cualquier evento objeto de vigilancia se comunicarán al Sistema de Alerta Precoz y Respuesta Rápida, en un plazo inferior a 24 horas desde su identificación, determinados eventos que puedan constituir un riesgo de salud pública a nivel nacional o internacional. Por ejemplo, cualquier incidencia de tipo catastrófico que afecte o pueda afectar a la salud de una comunidad.

LABORATORIOS NACIONALES

El Real Decreto aprobado hoy contempla también el proceso de designación y las funciones de los laboratorios nacionales para la red.

Los laboratorios deben garantizar el cumplimiento, en su área específica, de los requerimientos establecidos para cada sistema de vigilancia y específicamente en sus protocolos, trabajando de forma coordinada con la unidad central y con las unidades autonómicas del sistema de vigilancia correspondiente.

Asimismo, se crea el Sistema de Información de Vacunaciones e Inmunizaciones dependiente del Ministerio de Sanidad, con la finalidad de recoger la información de las vacunaciones e inmunizaciones de todas las personas que residen en España, cuyo funcionamiento se desarrollará reglamentariamente.

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Las administraciones sanitarias de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Defensa, estarán obligados en el ámbito de sus competencias a proporcionar la información contenida en dicho sistema.


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