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El Parlamento Europeo acuerda garantizar que los productos que causan deforestación no se vendan en la UE

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MADRID, 06 (SERVIMEDIA)

El Parlamento Europeo adoptó este martes un acuerdo preliminar con los Gobiernos de la UE sobre una nueva ley relativa a productos “libres de deforestación”, que afecta al cacao, el café, el aceite de palma o la soja, y que obligará a las empresas a “verificar” y emitir una declaración de “diligencia debida” de que los productos comercializados en la UE no han conducido a la deforestación y la degradación forestal en ninguna parte del mundo después del 31 de diciembre de 2020.

Según el texto acordado, si bien no se prohibirá ningún país o producto como tal, las empresas no podrán vender sus mercancías en la UE sin este tipo de declaración y también deberán verificar el cumplimiento de la legislación pertinente del país de producción, incluida la que ampara los derechos humanos, así como “que se hayan respetado los derechos de los pueblos indígenas interesados”, según informó el Parlamento en un comunicado.

La nueva ley garantizaría a los consumidores europeos que los productos que compran no contribuyen a la destrucción y degradación de los bosques, y, “por lo tanto, reduciría la contribución de la UE al cambio climático y la pérdida de biodiversidad a nivel mundial”.

Los productos cubiertos por la nueva legislación son ganado, cacao, café, aceite de palma, soja y madera, incluidos los productos que contienen, han sido alimentados o han sido elaborados con estas materias primas (como cuero, chocolate y muebles), como en la propuesta original de la Comisión.

Durante las conversaciones, los eurodiputados agregaron el caucho, carbón vegetal, productos de papel impreso y una serie de derivados del aceite de palma, además de “una definición más amplia” de degradación forestal que incluye la conversión de bosques primarios o bosques que se regeneran naturalmente en plantaciones forestales u otras tierras boscosas y la conversión de bosques primarios en bosques plantados.

La Comisión evaluará, a más tardar un año después de la entrada en vigor, si amplía el ámbito de aplicación a otras tierras boscosas y, como máximo dos años después de la entrada en vigor, valorará también una extensión de la aplicación a otros ecosistemas, incluidas las tierras con altas reservas de carbono y con un alto valor de biodiversidad, así como a otras materias primas.

Al mismo tiempo, la Comisión también evaluará la necesidad de obligar a las entidades financieras de la UE a que solo presten servicios financieros a sus clientes si consideran que existe un “riesgo insignificante” de que estos servicios no conduzcan a la deforestación.

CONTROLES

Las autoridades competentes de la UE tendrán acceso a la información relevante proporcionada por las empresas, como las coordenadas de geolocalización, y realizarán controles. La Comisión clasificará a los países, o parte de ellos, en riesgo bajo, estándar o alto en los 18 meses siguientes a la entrada en vigor de este reglamento y la proporción de controles a los operadores se realizará de acuerdo con el nivel de riesgo del país: 9% para riesgo alto, 3% para riesgo estándar y 1% para riesgo bajo, mientras que, para los países de alto riesgo, los Estados miembro también tendrían que verificar el 9% de los volúmenes totales.

Las sanciones por incumplimiento serán “proporcionadas y disuasorias” y el importe máximo de la multa se fijará en al menos el 4% del volumen de negocios anual total en la UE del operador o comerciante que incumpla.

El Parlamento y el Consejo tendrán que aprobar formalmente el acuerdo y la nueva ley entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE, pero algunos artículos se aplicarán 18 meses después.


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