El presidente, a través de la Abogacía del Estado, emprendió acciones legales contra el instructor del ‘caso Begoña Gómez’
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha fijado para este martes la deliberación y fallo sobre la admisión a trámite de la querella por prevaricación que presentó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra el juez Juan Carlos Peinado, quien dirige la investigación contra su esposa, Begoña Gómez, por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han precisado que los magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal se reunirán para decidir si admiten o no la querella interpuesta por la Abogacía del Estado contra Peinado y su sustituto, el juez Carlos Valle, por dos resoluciones: la providencia por la que se citó a Sánchez como testigo en el marco del denominado ‘caso Begoña Gómez’ y la providencia por la que se rechazó que declarase por escrito.
Los servicios jurídicos del Estado consideran que “hay múltiples elementos que hacen evidente” que la decisión de tomarle declaración como testigo a Sánchez de forma presencial en La Moncloa el pasado 30 de julio “contraviene” la ley, porque despojó al presidente del Gobierno de una de las “garantías que le ofrece la Ley de Enjuciamiento Criminal”.
En la querella, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Abogacía defiende que Sánchez tenía que haber comparecido por escrito en su condición de jefe del Ejecutivo, al considerar que así lo fija la ley para los casos en los que se le tome declaración por hechos de los que tuvo conocimiento por razón de su cargo de presidente.
Sánchez presentó la querella el mismo día que Peinado acudió a La Moncloa a tomarle declaración como testigo. Ese día, se acogió a su derecho a no declarar ante el juez al ampararse en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que fija que como cónyuge de Begoña Gómez está “dispensado de la obligación de declarar”.
DICE QUE EL JUEZ NO JUSTIFICÓ SU DECISIÓN
Para la Abogacía, la decisión de Peinado de citar al presidente del Ejecutivo ha sido “prevaricadora” porque en su providencia del 19 de julio “no hay una sola línea para motivar o justificar por qué la declaración no ha de hacerse por escrito”. Además, afea que no apunte las razones por las que considera que Sánchez, como testigo, “solo pudo conocer los hechos sobre los que quiere preguntar fuera del ejercicio de su cargo”.
Sobre este extremo, recuerda que la acusación popular manifestó públicamente que pedía la citación de Sánchez por su condición de presidente del Gobierno y dijo que quería “hacerle en sede judicial las preguntas que entiende no respondidas en sede parlamentaria”.
En el marco del escrito, insiste en que Peinado no cuenta con “un mínimo indicio” que “soporte” las diligencias que ha acordado y sostiene que con sus “conjeturas” genera un “descrédito gratuito” y “desprestigia” la Presidencia del Gobierno.
Con todo, Sánchez defiende que esta querella no es un “ataque” al Poder Judicial. “Al contrario, es expresión en la confianza en el Poder Judicial”, señala, para luego apuntar que es “el único medio de defensa” que le queda “frente a un ataque absolutamente carente de justificación o motivación por parte de quien ejerce funciones jurisdiccionales”.
LA FISCALÍA, A FAVOR DE LA ADMISIÓN
La Fiscalía Provincial de Madrid se ha mostrado a favor de que el TSJ de Madrid admita a trámite la querella del presidente que examinará este lunes al considerar que “reúne los requisitos formales” incluidos en la ley.
En su informe, el Ministerio Público coincide en que Sánchez debía haber declarado por escrito, así como en que Peinado no motivó su decisión de citar a Sánchez como testigo.
Al margen, está pendiente que el TSJ madrileño se reúna para decidir si admite o no a trámite la querella que presentó la defensa de Begoña Gómez contra Peinado por prevaricación.
- Te recomendamos -