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El juez confirma su decisión de tomar declaración por videoconferencia al hijo de Obiang por presuntas torturas

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MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha confirmado este miércoles su decisión de tomar declaración por videoconferencia el próximo 28 de marzo a Carmelo Ovono Obiang, hijo del presidente de Guinea Ecuatorial, Teodoro Obiang, en el marco de la investigación sobre presuntas torturas a opositores, incluidos ciudadanos españoles.

En un auto del magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 5, al que ha tenido acceso Europa Press, se desestima el recurso de reforma contra la declaración por videoconferencia interpuesto por la representación del Movimiento para la Liberación de Guinea Ecuatorial-Tercera República (MLGE3R) y por los familiares de las víctimas.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 había citado por providencia de 24 de febrero para el 28 de Marzo a Carmelo Ovono Obiang y a otros dos investigados, Nicolás Obama Nchama e Issac Nguema Ondo, para tomarles declaración presencialmente, pero la defensa del hijo del mandatario ecuatoguineano solicitó el 7 de marzo que este trámite se ventilara por videoconferencia, al considerar desproporcionado que le hicieran viajar a España, dadas sus responsabilidades de Gobierno, avanzando además que guardaría silencio.

Pedraz, en una providencia autorizó que el hijo de Obiang prestase declaración por videoconferencia, pero la acusación recurrió señalando que los querellados no había interpuesto recurso contra la providencia que les citaba por lo que no estaba justificado que se decidiera ahora que lo hicieran por videoconferencia.

Pero el juez responde en este nuevo auto que “la no interposición de recurso de reforma contra la providencia del 24 de febrero que acordaba la declaración de los querellados (…) no es óbice para que la providencia del 7 de marzo (…) acuerde la declaración por videoconferencia”.

Las acusaciones alegaban que la petición de las defensas fue extemporánea porque la decisión inicial de Pedraz devino firme antes de que Obiang y los demás recurrieran, así como que la “regla general” es la declaración presencial y que, en este caso, se autorizaba el uso de “un link privado para que los investigados se conecten desde su domicilio o localización indeterminada, lo cual vulnera las normas esenciales de cooperación jurídica y asistencia penal internacional”.

El juez dice que el hecho de que se haga de forma telemática “no perjudica a la instrucción de la causa”. Añade que “no hay base alguna para deducir que –los querellados– se hayan sustraído a la acción de la justicia y que “no hay precepto alguno que obligue a la declaración en presencia física ante la autoridad judicial”.

Añade además que a pesar de que los investigados tengan vínculos con España, como propiedades, cuentas o empresas, “no por ello se les ha de obligar a venir a España, máxime si donde más residen es en Guinea”. Suma a esto que de todas formar ya han avanzado que se van a acoger a su derecho a guardar silencio”.

LA ROGATORIA Y EL LINK PRIVADO

Sobre la posibilidad de que la gravedad de los hechos fuera razón para que la declaración debiera ser presencial, Pedraz apunta que “gozan de presunción de inocencia”. Y añade que “es indiferente” que Guinea Ecuatorial no colabore en el procedimiento, incluso hace más necesaria la videoconferencia porque la comisión rogatoria internacional “no se ejecutaría”.

Por otro lado, sobre la alegación de que el envío de un link privado de la defensa para la realización de la videoconferencia supondría la nulidad de la diligencia, el juez indica que “no hay base alguna” porque es el propio querellado quien lo solicita y autoriza, y que no afecta a la práctica de esa declaración.

Recuerda que este sistema ya se ha utilizado en casos como el del fundador de Wikileaks Julian Assange, donde se recibió declaración a diversas personas en el extranjero sin necesidad de rogatoria y a instancias de la asistencia letrada.

EL SECUESTRO Y LAS TORTURAS

Fue el pasado 31 de octubre cuando el juez Santiago Pedraz admitió a trámite una querella presentada por el propio MLGE3R contra el hijo de Obiang, secretario de Estado de Seguridad Exterior en Guinea Ecuatorial, y contra Nicolás Obama Nchama, ministro de Seguridad Nacional de Guinea Ecuatorial. Tan solo un mes mas tarde, el instructor dictó un nuevo auto por el que accedía a ampliar la querella inicial y acordaba tener por investigado a una tercera persona: el director general de la Seguridad Presidencial, Issac Nguema.

La querella se centra en el presunto secuestro y las posteriores torturas que habrían sufrido cuatro miembros del MLGE3R: los residentes en España Martín Obiang y Bienvenido Ndong y los nacionales españoles Feliciano Efa y Julio Obama Mefuman –que murió en la prisión de Oveng Azem (Mongomo) por esas presuntas torturas–. Los hechos habrían acontecido en un viaje de Madrid a Yuba, en Sudán del Sur, donde habrían sido capturados el 15 de noviembre de 2019.

Según recoge la querella, a la que tuvo acceso Europa Press, todos ellos fueron “trasladados clandestinamente en un avión oficial del régimen de Guinea Ecuatorial, y encerrados en un centro de detención en Oveng Asem, en la demarcación de Mongomo, donde continúan hasta estos días”. “Han sido torturados y obligados a pedir perdón al líder del régimen ecuatoguineano bajo presiones frente a la TV pública de Guinea Ecuatorial”, apunta el escrito.

El mismo sostiene que tanto Ovono Obiang como Obama Nchama habrían estado presentes tanto en el avión oficial en el que se ejecutó el secuestro como dirigiendo “algunas de las sesiones de torturas en los sótanos del centro penitenciario”. Además, explica que ambos querellados “residirían en España, contarían con domicilio estable, y además, se podrían encontrar” en territorio nacional.

El secuestro se habría producido, según apunta la querella, a raíz de una invitación de un amigo a los cuatro opositores para viajar desde Sudán del Sur a Etiopía. Esa invitación habría resultado ser una trampa para acometer su captura y su posterior traslado a Guinea Ecuatorial.

A los dos nacionales españoles, Efa Mangue y Obama Mefuman –ya fallecido–, se les habría imputado una presunta participación en un golpe de Estado contra el Gobierno ecuatoguineano por la que habrían sido condenados en un juicio militar a las penas de 90 años y 70 años de prisión respectivamente.

La Comisaría General de Información remitió el pasado 1 de diciembre al instructor un extenso informe en el que ponían el foco en los “numerosos casos de desapariciones, traslados forzosos, torturas e, incluso, asesinatos y condenas a muerte, de conocidos opositores residentes en el exterior” de Guinea Ecuatorial.

“CONTUNDENTES PRUEBAS” DE LOS DELITOS

Los investigadores consideran que los testimonios grabados por las víctimas y las declaraciones de los testigos protegidos que obran en la causa “son contundentes pruebas que determinan la existencia de los delitos investigados, secuestro y torturas principalmente, siendo dos de sus victimas ciudadanos españoles y otra dos ecuatoguineanos residentes y asilados en España”.

La Policía asegura que estos delitos se habrían producido “en el marco” de una “persecución sistemática, convirtiéndolos en crímenes de lesa humanidad”. “Dos de los responsables directos señalados por la comisión de los delitos acreditados, Nicolás Obama Nchama y Carmelo Ovono Obiang, tienen junto a sus familias, residencia estable y acreditada en España y otros como Isaac Nguema, visitan de forma periódica nuestro país”, apunta.


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