MADRID, 24 (SERVIMEDIA)
El Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de ley que crea la nueva Comisión Nacional de la Energía (CNE), cuya aprobación queda ahora pendiente de su tramitación parlamentaria que seguirá la vía de urgencia.
La nueva CNE incorporará a sus funciones la resolución de las quejas de los consumidores de las compañías eléctricas y gasistas, además de las funciones de inspección y sanción, así como de arbitraje, información, atención y tramitación de las reclamaciones planteadas.
Con la recuperación de este organismo supervisor que desapareció en 2013 con la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Ejecutivo pretende contar con una autoridad regulatoria independiente en materia de energía.
En esta línea, el Gobierno sostiene que la CNE es necesaria ante la intensa y acelerada transformación del sistema energético. Entre sus novedades, destaca que la nueva CNE contará con un fondo específico para la gestión y la liquidación de los sistemas eléctrico y gasista en sus actividades reguladas, que se encargará de gestionar los ingresos y pagos correspondientes a las liquidaciones de peajes, cargos, cánones, precios y retribuciones reguladas de los sectores eléctrico y gasista, así como las transferencias previstas en los Presupuestos Generales del Estado para estos sectores.
La nueva CNE incorporará también criterios relativos a la descarbonización entre los objetivos a considerar en sus resoluciones, que se sumarán a las consideraciones para garantizar precios competitivos para los consumidores e incentivos a los inversores, la regulación tradicional vinculada a la eficiencia, los precios y el buen funcionamiento de los mercados.
Esta integración de la descarbonización entre los objetivos de la CNE se puede traducir, por ejemplo, en que a la hora de establecer la metodología de retribución de las redes eléctricas se incluyan incentivos para las distribuidoras que tramiten rápidamente los expedientes de conexión de nuevos puntos de recarga para vehículos eléctricos o nuevos sistemas de autoconsumo, así como penalizaciones para las que mantengan plazos temporalmente dilatados.
También mantendrá funciones regulatorias y consultivas, además de actuar en el asesoramiento y la resolución de conflictos entre los operadores, incluidos los de nuevos vectores energéticos como los gases renovables o el hidrógeno.
SUPERVISIÓN
En el caso de la supervisión de las tomas de participaciones empresariales en el sector energético, la CNE se encargará de instruir el expediente y de hacer una propuesta al Ministerio , mientras que éste resolverá y fijará las condiciones que considere oportunas.
La CNE se constituirá como entidad de derecho público de ámbito estatal, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, con funciones de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas, con autonomía orgánica y funcional, y plena independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y del mercado. Asimismo, estará sometida al control parlamentario y judicial.
La entidad actuará como órgano consultivo en las materias de su ámbito de actuación; participará, mediante informe preceptivo y no vinculante, en el proceso de elaboración de normas que afecten a sus competencias y podrá participar en los procedimientos de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, relativos a los mercados y sectores productivos cuando afecten de manera directa y principal al ejercicio de sus funciones.
La CNE estará adscrita al Ministerio y ejercerá sus funciones a través de dos figuras principales, el Consejo y el Presidente, que también lo será del Consejo. De ellos dependerán, además de la Secretaría General y la Secretaría del Consejo, tres direcciones de instrucción: la de Electricidad, la de Hidrocarburos y Nuevos combustibles y la de Inspección, de nuevo cuño, para reforzar su labor supervisora.
El Consejo estará integrado por siete miembros: el presidente, el vicepresidente y cinco consejeros, que tendrán un mandato de seis años sin posibilidad de reelección.
El Gobierno aprobará mediante Real Decreto el Estatuto Orgánico de la CNE, que definirá las funciones y estructura interna de la Secretaría del Consejo, las direcciones y demás áreas de responsabilidad. Según los plazos previstos en el Anteproyecto, la nueva entidad debe haberse constituido y estar plenamente operativa en un plazo de cuatro meses desde la aprobación de la Ley de creación.
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