LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 8 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha actualizado el catálogo de tipos de productos ortoprotésicos financiables por el Servicio Canario de la Salud (SCS) que incluye más de 380 nuevos.
La actualización, publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), entró en vigor el 30 de julio y es el resultado de la adaptación realizada por el sistema sanitario público canario a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Sanidad del pasado mes de enero, por la que se actualiza la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS), según ha informado el Ejecutivo regional en nota de prensa.
De este modo, la publicación del nuevo catálogo “completa y sustituye” al que estaba en vigor en Canarias desde enero de 2020, que queda sin efecto, salvo lo dispuesto para los expedientes en trámite. La actualización del catálogo “mejora” la prestación ortoprotésica, “adecuándola a las necesidades” de los usuarios y contribuyendo así a “mejorar su calidad de vida, con un relevante” impacto sobre las personas con discapacidad, sumándose así a otras acciones emprendidas a favor de este colectivo.
En el nuevo documento se recoge la actualización del catálogo común de prótesis externas de miembro superior e inferior, ortoprótesis para agenesias, sillas de ruedas, órtesis y productos para la terapia del linfedema.
Esta adaptación incluye en catálogo común de prestación ortoprotésica más de 380 nuevos productos que van a contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas amputadas. En concreto, incorpora 168 nuevos tipos de productos de prótesis externas de miembro superior, 212 de prótesis externas de miembro inferior y dos tipos de productos para agenesias.
También incluye un nuevo tipo de silla de ruedas no plegable (SRM 030D) que facilita una mayor autonomía a las personas de utilidad para determinados pacientes que llevan una vida activa, lo que supone una alternativa a los otros 20 modelos de silla plegable, con las mismas indicaciones, ya incluidas en el catálogo común desde 2019.
Además incorpora 27 nuevos tipos de prendas de presoterapia de baja elasticidad o inelásticas autoajustables y sus complementos para el tratamiento del linfedema, lo que servirá de alternativa a los 49 tipos de prendas elásticas (ya sean de tejido plano o circular) y complementos incluidos en la Orden de 2019 para algunas personas con linfedema grave, que pueden resultar más beneficiosas que las prendas elásticas incluidas en el catálogo.
Asimismo modifica la descripción del tipo de ortesis con código OIE 010A, ya incluido con anterioridad en el catálogo, para dar cabida a productos que permitan una mejor adaptación de la ortesis a las características funcionales y morfológicas particulares de cada paciente.
En esta nueva actualización, que ha contado con las aportaciones de asociaciones de pacientes y de la representación del sector ortoprotésico, así como de diferentes colectivos y colegios profesionales implicados en esta prestación, se define el importe máximo de financiación para cada tipo de producto con el fin de adecuarlo a la realidad del mercado para que los productos incluidos puedan financiarse totalmente y los usuarios no tengan que abonar cantidades adicionales.
Asimismo se establecen los casos de especial prescripción señalados en el catálogo común y los tipos de productos que sólo podrán ser indicados por determinados especialistas o por las unidades clínicas designadas a tal efecto. También fija una vida media para cada producto para dar más garantía al usuario de la calidad del mismo.
Finalmente, señala que desde enero de 2020, tras la aprobación de la Orden de 30 de diciembre de 2019, por la que se regula la prestación ortoprotésica en Canarias, se facilitó la obtención de dicha prestación mediante el pago directo por parte del Servicio Canario de la Salud.
Así los pacientes que cuentan con la prescripción médica de alguno de los productos ortoprotésicos incluidos en el Catálogo del Sistema Nacional de Salud, no tienen que hacer frente al pago por adelantado, sino que es el SCS quien abona al establecimiento dispensador el coste de este material.
El procedimiento se modificó entonces para agilizar y facilitar el acceso de los pacientes al producto ortoprotésico prescrito por su facultativo no teniendo que soportar el esfuerzo económico que suponía abonar la totalidad del importe de este material, que luego era reembolsado por el SCS, una vez que el usuario presentaba la documentación acreditativa y justificativa de su situación.
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