MADRID, 11 (EUROPA PRESS)
El Foro de Atención Primaria insta a garantizar el cumplimiento en todas las comunidades autónomas de la normativa que regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal asegurando que se desarrolla en todos los niveles asistenciales.
El Foro se ha reunido este mes de enero coincidiendo con la fecha límite que se había marcado para la modificación de la tramitación de los partes de incapacidad temporal (IT). En el transcurso de la misma se han analizado, no sólo las últimas modificaciones legislativas sobre este asunto, sino también la realidad burocrática que supone en las consultas de Atención Primaria la tramitación de los partes de incapacidad temporal. Aún con la reciente publicación del RD 1060/2022, no se modifica sustancialmente el procedimiento de acceso a la incapacidad temporal.
En ese sentido, se ha acordado poner en marcha un observatorio para el seguimiento de la implantación de los mecanismos que conduzcan a la simplificación de los trámites que genera la incapacidad Temporal y permitan la emisión de partes de baja en todos los puestos asistenciales, lo que redundará en una mayor desburocratización de la consulta de los médicos de familia.
Durante la reunión del Foro de AP se ha propuesto hacer un seguimiento de la implantación de la normativa en todas las Comunidades Autónomas. Desde el Foro se han reconocido los progresos experimentados en Andalucía, donde ya existe la posibilidad de tramitar la IT desde atención hospitalaria, aunque todavía falta aún formación a los profesionales; Navarra y País Vasco, donde son inminentes algunos ajustes en el sistema para que se empiece a aplicar; y en Cataluña (donde hay un proyecto de implantación).
Por el contrario, desde el Foro de Atención Primaria se ha querido diferenciar la situación vivida en la Comunidad de Madrid con respecto al resto de las Comunidades. La situación creada por la Gerencia de Atención Primaria de Madrid y las diferentes opciones que tienen los médicos de familia actualmente para tramitar los partes de incapacidad temporal desde las consultas de atención primaria ha merecido especial mención.
Desde el Foro se ha analizado la base legal y el sustento jurídico que tiene la notificación enviada por parte de la Consejería analizando si esta constituye una orden de obligado cumplimiento a pesar de sustentarse en una orden de menor rango legal. Esta cuestión se pondrá en manos de los diferentes servicios jurídicos de las SSCC, CESM y OMC, aunque desde el Foro se tiene la impresión de que lo solicitado por la Consejería a los médicos de familia madrileños constituye un incumplimiento con respecto al último Real Decreto aprobado.
Se ha insistido en el hecho de que la emisión de los partes de IT por los especialistas hospitalarios o por los médicos de los diferentes puntos de atención continuada supone una mejora en la microgestión sanitaria y en la calidad de la asistencia a los pacientes, por lo que se ha propuesto analizar la repercusión económica que tendrá esta medida.
En este sentido, se recuerda que la AP ha soportado 100.000 consultas más debidas a IT durante el primer semestre de 2022, tras la orden de tramitar las bajas laborales a los pacientes que llamaban e informaban de un autotest positivo en COVID.
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