La recusación planteada por Podemos en el TC abre una vía para que la reforma impulsada por el Gobierno se apruebe
MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Constitucional (TC) celebrará este lunes un Pleno extraordinario para abordar el recurso de amparo presentado por el PP donde pide suspender la tramitación parlamentaria de dos enmiendas por las que se reforma el sistema de elección y llegada al propio TC de los dos candidatos que corresponde nombrar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), una suspensión que podría eludirse si los magistrados deciden debatir las recusaciones lanzadas por Unidas Podemos (UP).
Los once magistrados del TC están citados a las 10.00 horas de hoy para un Pleno extraordinario que contempla en su orden del día la deliberación y votación sobre la admisión a trámite del recurso ‘popular’ y las medidas cautelarísimas reclamadas por el partido político para impedir que la reforma quede aprobada el próximo jueves en el Senado.
Según las fuentes jurídicas consultadas, los seis magistrados de la mayoría conservadora se inclinan por dar vía libre a la suspensión de la tramitación parlamentaria, aunque algunas voces advierten de que hay “entusiasmos distintos”, mientras que los cinco magistrados de la mayoría progresista no ven con buenos ojos la injerencia en el Poder Legislativo.
Las fuentes apuntan que el debate podría situarse en las recusaciones planteadas por UP contra el presidente del TC, Pedro González-Trevijano, y el magistrado Antonio Narváez –situados ambos en el bloque mayoritario–. El partido ‘morado’ cree que tienen un “interés directo” porque serían los dos magistrados reemplazados por los dos aspirantes nominados por el Gobierno –el ex ministro Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez– si la reforma queda aprobada.
Y ello porque, si González-Trevijano y Narváez no se apartan voluntariamente, se abre un incidente de recusación que tiene un efecto suspensivo sobre el conjunto del procedimiento hasta que quede resuelto, para lo cual hay una tramitación concreta que contempla plazos de varios días, un paréntesis durante el cual daría tiempo a que el Senado aprobara en su Pleno del próximo jueves la proposición de ley que elimina la sedición y todas sus enmiendas, incluidas esas dos.
En consecuencia, las recusaciones se han convertido en la principal baza para lograr que el Parlamento apruebe la reforma antes de que el Constitucional pueda evitarlo. Pero, para llegar a este escenario, las fuentes subrayan que deben darse dos condiciones: que el Pleno acceda a debatir la petición ‘morada’ de apartar a González-Trevijano y Narváez, y que lo haga antes de analizar las medidas cautelarísimas.
En esta tesitura, el primer escollo es el orden del día. En él no figura la cuestión de las recusaciones, por lo que, en el caso de que los magistrados progresistas plantearan tratarlas, la decisión competería a González -Trevijano en calidad de presidente. A este respecto, las fuentes recuerdan que, aunque la costumbre es respetar el sentir mayoritario, en realidad no le vincula, de modo que puede decidir lo que considere oportuno.
Resuelto esto, el segundo obstáculo sería el cuándo discutirlo. Unas fuentes sostienen que el asunto de las recusaciones debería abordarse después de resolver la admisión del recurso ‘popular’ y antes de debatir la paralización de la tramitación parlamentaria. Sin embargo, otras entienden que el carácter especialmente urgente de las medidas cautelarísimas es razón suficiente para resolverlas antes de discutir las recusaciones.
A ello algunas fuentes añaden que la petición de apartar a González-Trevijano y Narváez se hace en un escrito donde Unidas Podemos solicita personarse –misma petición que ha hecho el PSOE en un escrito propio–, por lo que sostienen que hasta que el TC resuelva la cuestión de la personación ninguno de los dos son parte del procedimiento y no sería posible estudiar las reclamaciones que hacen, entre ellas las recusaciones.
“PERTURBACIÓN GRAVE”
Además, hacen hincapié en que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) avala la suspensión, total o parcial, de los efectos de las decisiones recurridas “siempre y cuando (…) no ocasione perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, ni a los derechos fundamentales o libertades de otra persona”.
Al hilo, recalcan que en sus más de 40 años de historia el TC nunca ha impedido discutir y votar en las Cortes Generales, por lo que sería una medida inédita que –alegan– sí provocaría una “perturbación grave” por la interferencia en el Poder Legislativo y la afectación a los derechos del resto de diputados y de los ciudadanos a los que representan.
Con todo, las fuentes admiten que la cantidad de factores que podrían acabar influyendo en la decisión final hace difícil prever cuál será, por lo que todo dependerá de cómo discurra el debate entre los magistrados.
Cabe recordar que el Congreso de los Diputados aprobó el pasado jueves la proposición de ley con sus enmiendas después de que el presidente del TC optara por suspender el Pleno extraordinario de ese día y convocar otro para este lunes.
De acuerdo con fuentes de la corte de garantías, lo hizo después de que los cinco magistrados progresistas amenazaran con no deliberar ni votar, si no se les daba más tiempo para estudiar un asunto de gran “complejidad” y “relevancia” que habían conocido apenas 24 horas antes. De haberse marchado, habrían impedido el ‘quorum’ de al menos 8 magistrados que se exige para que el Pleno quede constituido válidamente.
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