MADRID, 30 (SERVIMEDIA)
El Consejo General de Enfermería (CGE) ha denunciado una campaña de desprestigio contra las enfermeras que trabajan en el ámbito de los cuidados dermoestéticos y del bienestar y que “busca confundir a la sociedad y a las autoridades públicas en un ámbito como el de la salud”.
Según informó este jueves el CGE, ante esta situación, el Consejo General instó a las administraciones a respetar las competencias enfermeras en todos los ámbitos de su ejercicio profesional y “no impedir el legítimo derecho a ejercer la profesión enfermera, sin utilizar interpretaciones sesgadas e interesadas”.
En este sentido, el presidente del CGE, Florentino Pérez Raya, aseguró que “son muchas las normas y decretos que avalan las competencias enfermeras en el ámbito de la dermoestética y que proceden de un reconocimiento histórico y forman parte del contenido nuclear de los cuidados de enfermería”.
Por ello, añadió, “no podemos seguir soportando un ninguneo continuo por parte de ciertos sectores de la sanidad, cuando el trabajo que realizamos en el ámbito de la dermoestética está avalado por numerosos decretos e incluso por la normativa europea”.
Así, en un documento remitido por este organismo se desgrana una a una todas las normas que contemplan la posibilidad, por ejemplo, de aplicar inyectables, la cirugía menor y la aplicación de tratamientos a los pacientes (RD 16 de noviembre de 1888).
ENTORNO SANITARIO ADECUADO
Además, las enfermeras, en un entorno sanitario adecuado, pueden utilizar sustancias, combinaciones de sustancias o artículos destinados a su uso como relleno facial o en otras zonas dérmicas o de membranas mucosas mediante inyección subcutánea, submucosa o intradérmicas, tal y como se exponen el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/236 de la Comisión Europea, en 2022, por el que se establecen especificaciones comunes para los grupos de productos sin finalidad médica.
En esta misma norma se expone que las enfermeras también pueden utilizar equipos que emiten radiación electromagnética de alta intensidad (por ejemplo, infrarrojos, luz visible y ultravioleta) destinados a su uso en el cuerpo humano, con inclusión de fuentes coherentes y no coherentes, monocromáticas o de amplio espectro, tales como láseres y equipos de luz pulsada intensa para renovación de la piel, eliminación de tatuajes, depilación u otros tratamientos dérmicos.
Asimismo, desde el CGE se explicó que el citado reglamento impone también a la industria farmacéutica la obligación de impartir formación sobre la administración y el uso seguro de dichos productos, además de que, conforme al mismo, los usuarios (dentro de los cuales se encuentran las enfermeras) deben tener acceso a dicha información.
El Consejo General recordó que existen Unidades de Micropigmentación en multitud de centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud, en los que las enfermeras y enfermeros, de forma autónoma, son los encargados de realizar esta técnica, muy beneficiosa para mejorar la calidad de vida, la salud mental y autoestima de pacientes con cáncer de mama o grandes quemaduras y cicatrices.
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