
El TC español se pronunció a raíz de la resolución de Estrasburgo y declaró extinguido el recurso de los candidatos
MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Europa ha señalado que España aún tiene pendiente ejecutar la sentencia por la que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) le condenó por vulnerar los derechos civiles de seis jueces asociados a la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) que eran candidatos a vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) desde 2018.
Así se pronuncia el organismo internacional en su informe anual relativo a 2024, difundido este miércoles y recogido por Europa Press, en el que el Comité de Ministros asegura que recibió 992 casos de Estrasburgo para que supervisase su aplicación por parte de los Estados miembros.
Según precisa, el TEDH le envió en 2024 dos casos relativos a España, frente a los nueve registrados en 2023 y 2022. Uno de dichos casos fue la condena por vulneración del derecho de una testigo de Jehová que recibió varias transfusiones de sangre en el marco de una operación de urgencia, a pesar de que la mujer se había negado a ello.
El Comité de Ministros del Consejo de Europa subraya que a 31 de diciembre de 2024 España acumulaba 30 casos pendientes de ejecución –“al igual que en 2023 y 2022”–; uno de ellos a la espera de ejecución desde hace “cinco años o más”. No obstante, señala que el TEDH registró el año pasado el “pago íntegro” de cuatro condenas por parte de las autoridades españolas.
El organismo señala que entre los casos pendientes se encuentran sentencias relativas a decisiones de expulsión de migrantes adoptadas en el marco de un procedimiento acelerado de asilo, así como casos sobre enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona, y “la desestimación por parte del Tribunal Constitucional de un recurso de amparo contra la inacción del Parlamento para proseguir con el proceso de nombramiento de un nuevo CGPJ”.
EL CONSTITUCIONAL CONTESTÓ QUE EL CGPJ YA SE RENOVÓ
Sobre este extremo, cabe recordar que el pasado octubre el Constitucional declaró extinguido el recurso de amparo que presentaron en 2020 a dicho tribunal de garantías varios aspirantes al CGPJ. Los magistrados adoptaron tal decisión al considerar que dicho recurso había perdido su objeto por la renovación del órgano en junio de 2024.
El Constitucional se pronunció después de que el TEDH condenara a España en 2023 por vulnerar sus derechos al no permitírseles participar en tiempo y forma en el proceso de renovación del órgano de gobierno de los jueces –caducado entonces desde el 4 de diciembre de 2018–. La corte de Estrasburgo lanzó un reproche directo al TC por no haber admitido a trámite el recurso de amparo presentado por estos mismos candidatos.
En concreto, el tribunal europeo recriminó al Constitucional que inadmitiera la demanda de amparo sin explicar suficientemente el por qué. En su día, la corte de garantías se limitó a explicar en sendas resoluciones que se trataba de un recurso extemporáneo por haberse presentado fuera de los tres meses de plazo que da la ley.
Tras el fallo del TEDH, el Constitucional comenzó a estudiar cómo dar efectividad a la sentencia de Estrasburgo, un proceso que quedó interrumpido por el adelanto de las elecciones generales al 23 de julio de ese año.
En octubre, la Sala Primera del TC volvió a analizar el asunto para acordar por unanimidad la extinción del recurso por la pérdida sobrevenida del objeto del recurso. Los magistrados consideraron que no era posible apreciar “la pervivencia de la controversia de fondo” porque “el Congreso de los Diputados y el Senado han realizado lo demandado por los recurrentes”, esto es, renovar el CGPJ.
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