MADRID, 13 (SERVIMEDIA)
El Congreso de los Diputados celebrará este martes un Pleno para debatir la proposición de Ley impulsada por los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos para el establecimiento de impuestos temporales a la banca y a las empresas del sector energético.
La proposición, presentada en el Congreso el pasado mes de julio, quiere gravar a las compañías energéticas y entidades financieras debido al aumento de sus beneficios gracias a la actual situación de alta inflación y subida de los tipos de interés.
La medida fue anunciada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Debate sobre el estado de la Nación, quien recibió el aval del Congreso para llevar adelante su propuesta.
En concreto, el nuevo impuesto a las compañías energéticas gravará su cifra de negocios anual con un tipo del 1,2%, mientras que el nuevo tributo a aplicar a las entidades financieras gravará sus ingresos anuales en intereses y comisiones.
El objetivo es que ambas figuras -que en principio se espera que estén en vigor en 2023 y 2024- queden aprobadas para entrar en vigor el 1 de enero de 2023, quedando abiertos a modificaciones por las enmiendas que el resto de grupos parlamentarios presente durante la tramitación parlamentaria.
La previsión del Gobierno es recaudar en torno a 1.500 millones de euros al año con el impuesto a las entidades financieras y 2.000 millones de euros al año con el aplicable a las compañías energéticas.
Por un lado, el nuevo impuesto a las compañías energéticas se aplicará sobre aquellas compañías eléctricas, gasistas y petroleras que tuvieran una cifra de negocios superior a los 1.000 millones de euros en 2019, gravando con un tipo del 1,2% la cifra de negocios que hayan tenido en 2022 y 2023. Quedarán excluidas del pago de este tributo aquellas compañías cuya actividad energética no llegue a suponer el 50% de su facturación.
En el caso del impuesto a las entidades financieras, este tributo se aplicará sobre aquellas que en 2019 ingresaran al menos 800 millones de euros brutos en concepto de intereses y comisiones, gravando en un 4,8% la cantidad que ingresen por este concepto en 2022 y 2023. En este caso, el motivo por el que el umbral de tributación se establece en 800 millones y no en 1.000 millones es porque los ingresos de intereses y comisiones suponen un 80% del total de sus ingresos.
Cabe señalar que en este impuesto a las entidades financieras el tributo se aplicará sobre la cifra neta de ingresos en intereses y comisiones, de forma que en ambos conceptos se reste a los intereses y comisiones que cobran las entidades financieras los intereses y comisiones que pagan ellas mismas.
PROHIBICIÓN DE REPERCUTIRLOS
Asimismo, la proposición de ley contempla la prohibición expresa del traslado del coste de estos tributos al cliente final, quedando en ambos casos la supervisión de que esto se cumple a cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), aunque en el caso del impuesto sobre las entidades financieras también tendrá competencias el Banco de España, que colaborará con la CNMC.
En caso de incumplimiento de este aspecto, la proposición de ley contempla una sanción del 150% del importe repercutido a los clientes.
Técnicamente, estas nuevas figuras no son impuestos, sino una prestación patrimonial de carácter público y naturaleza no tributaria, conocido en el mundo anglosajón como ‘levy’.
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