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El Ayuntamiento de Madrid aprueba la consulta previa para modificar la ordenanza que regula las ZBE

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MADRID, 03 (SERVIMEDIA)

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó este jueves la consulta previa para la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible que permitirá ratificar las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que tumbó recientemente una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El delegado de Urbanismo, Medioambiente y Movilidad, Borja Carabante, compartió el anuncio este jueves y explicó que hay “15 días para contestar a estas preguntas que se formulan en la consulta previa”. A partir de ahí el Consistorio iniciará “la tramitación de esa modificación de la ordenanza que permita que Madrid no se quede sin las Zonas de Bajas Emisiones”.

Carabante recordó que las ZBE son “son necesarias desde el punto de vista de la mejora del aire” para que Madrid haya podido cumplir sus objetivos en este campo y que según la Ley de Cambio Climático, “obliga” a las poblaciones de más de 50.000 habitantes a tener este tipo de restricciones. Añadió que con las ZBE también se pudo para el procedimiento sancionador contra España desde la Unión Europea “por incumplimiento directiva de calidad del aire”.

La consulta para empezar ese cambio en la Ordenanza estará vigente 15 días y formulará a los vecinos cuatro cuestiones a los ciudadanos, en primer lugar si “consideran que las restricciones de circulación deben centrarse en los vehículos más contaminantes”; “cómo favorecerían alternativas a la movilidad”, y si “considera que las restricciones de circulación deben ser más estrictas en aquellas zonas de la ciudad mayor contaminación”.

Finalmente, relacionada con la legislación estatal que obliga a crear zonas de bajas emisiones (ZBE) para cumplir las obligaciones de calidad del aire y de cambio climático. El Ayuntamiento preguntará “cómo creen que deberían regularse las ZBE para que protejan eficazmente la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire”.

MODIFICACIÓN

El Ayuntamiento argumentó que la modificación de la OMS 10/2021 llega tras la sentencia, pendiente de recurso de casación, que tumbó las ZBE. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su sentencia de 17 de septiembre de 2024, destacaba la insuficiencia del informe de impacto económico que se incluyó en la tramitación de 2021, aspecto el Ayuntamiento pretende subsanar con la futura modificación.

Desde el Área de Urbanismo, Medioambiente y Movilidad, añadieron que las decisiones del Ayuntamiento han estado siempre motivadas porque los planes puestos en marcha anteriormente en la ciudad habían resultado insuficientes, incluyendo Madrid Central, para cumplir con la directiva, que establece que el valor límite anual de dióxido de nitrógeno (NO2) para la protección de la salud humana no puede superar los 40 microgramos por metro cúbico.


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