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El abogado del Estado se cuestiona el motivo por el cual Rato desvió fondos a paraísos fiscales si estos eran considerados “tan transparentes”

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Acusa al exministro de llevar a cabo “una mecánica defraudatoria” gracias a su red de sociedades

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

La Abogacía del Estado se ha preguntado este miércoles, en el juicio contra el exministro Rodrigo Rato, por la razón que le llevó a desviar fondos a paraísos fiscales si los mismos eran “tan puros y cristalinos” en su procedencia.

Así se ha pronunciado en un informe de conclusiones muy técnico que se ha centrado sobre todo en los posibles delitos fiscales y en las bolsas patrimoniales de Rato en el extranjero, en concreto las de las sociedades Red Rose Financial y Wescastle. Cabe recordar que en este juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Madrid se estudia el posible incremento ilícito del patrimonio del exministro.

Para el letrado del Estado, que ejerce la acusación junto a la Fiscalía, se da una “carencia de elementos de convicción y de justificaciones sobre el origen de los fondos” del exministro. Y, al hilo, ha lamentado que dado que se negó a responder a preguntas de la acusación, las explicaciones dadas por Rato a su defensa son “insuficientes”.

Tras esto, ha puesto el foco en que Red Rose Financial es una mercantil sin actividad económica, “que se constituye en Panamá, que es un paraíso fiscal, que tiene cuentas en Bahamas, que es un paraíso fiscal, que tiene su administración en Gibraltar, que es un paraíso fiscal, y que se constituye por un infame despacho de abogados que es Mosack Fonseca”.

“Es público y notorio que es el despacho central del conocido caso de ‘los papeles de Panamá’ y que presuntamente se habría dedicado al blanqueo de capitales”, ha apostillado.

UN EXMINISTRO DE HACIENDA

Para el letrado de la Administración Pública, esta realidad, unida a que en la causa han salido a la luz numerosas cuentas en otros tantos paraísos fiscales, “lógicamente aporta una prueba de convicción”.

Tras esto, y sobre Red Rose Financial, se ha preguntado por qué razón un exministro de Hacienda de España desvía unos fondos “que son tan puros y cristalinos que no tributan en ninguna parte del mundo”, que son las rentas obtenidas de su etapa al frente del Fondo Monetario Internacional (FMI), “y se toma tantas molestias para desvirtuarlos a una sociedad panameña, una sociedad con cuentas en el paraíso fiscal de Bahamas y en Suiza”.

Por otro lado, la Abogacía del Estado ha abordado el asunto de si Rato en su etapa en el FMI era residente fiscal en España o no, y si por tanto las declaraciones de la renta que realizó en esos años (2005, 2006 y 2007) fueron adecuadas o insuficientes.

Si bien la defensa de Rato da por hecho que era residente fiscal en EEUU y que por tanto al no serlo en España no tenía ni que haber hecho la renta esos años –alega que se hizo por error–, la Abogacía del Estado ha explicado que no es posible considerar que Rato fuera residente fiscal en EEUU porque no cumplía con requisitos como el de residir un mínimo de 183 días, tener activos allí o lazos familiares.

En este sentido, ha explicado que tampoco ha acreditado que tuviera allí su centro de intereses económicos porque no tributó por lo cobrado por el FMI ya que estaba exento de impuestos, y por lo tanto, ha explicado, solo quedaría fijarse en dónde está su patrimonio para ver dónde residía fiscalmente.

“Y aquí no hay discusión entre los peritos. Creo que se admite que el patrimonio está en España, porque es donde están sus inversiones inmobiliarias, sus inversiones empresariales, los hoteles, sus sociedades Aurosur, Arada, Rodalman, etc.”, ha apostillado.

Además, como colofón a esta tesis, el abogado del Estado ha puesto el foco en que Rato, siendo director gerente del FMI y exministro de Hacienda del Gobierno de España, “no se equivoca al hacer su declaración de la renta en España durante tres ejercicios”.

LAS SOCIEDADES PROFESIONALES

Tras esto, la Abogacía del Estado ha analizado las sociedades profesionales del exministro por medio de las cuales facturó trabajos de consultoría para empresas como Telefónica. Al hilo, ha aseverado que gracias a ellas realizó “una mecánica defraudatoria” que, en el caso de la mercantil Kradonara, se valía de la “opacidad” de la misma ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

“Con carácter general ha quedado acreditado que, primero, la persona física consigue una determinada prestación de servicio y, en segundo lugar, se adecua a esa persona jurídica para la realización del mismo, sin que (…) tenga una capacidad o aptitud suficiente para la realización de ese servicio”, ha resaltado.

Para el letrado de la Administración es “claro” que existió esa mecánica que consistía en aprovechar distintas sociedades de titularidad de Rato “para no tributar por los ingresos de forma personal”.


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