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Derechos Sociales pide a Interior y Cultura que prohíban los espectáculos del ‘bombero torero’

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MADRID, 22 (SERVIMEDIA)

La Oficina de Atención a la Discapacidad (Oadis) del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 defenderá la prohibición de los espectáculos taurinos en los que participan personas con acondroplasia y otras displasias esqueléticas que causan enanismo (ADEE), como resultado de una queja presentada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) respecto a la publicidad de las denominadas celebraciones del ‘bombero torero’.

Como resultado de un expediente abierto tras dicha denuncia, la Oadis resuelve proponer al Pleno del Consejo Nacional de la Discapacidad una recomendación dirigida a los ministerios del Interior y de Cultura para que modifiquen la normativa que regula el espectáculo taurino con personas con ADEE, de forma que estos no sean permitidos.

Según la respuesta enviada al Cermi por la directora general de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, Patricia Berzunartea, la Oadis defenderá la aprobación de dicha resolución en el Pleno del Consejo Nacional de la Discapacidad.

Entre otros puntos, el texto al que ha tenido acceso Servimedia pide modificar la definición de espectáculo taurino prevista en el Real Decreto 145/1996 de 2 de febrero, por el que se modifica y se da nueva redacción al Reglamento regulador de estas actividades.

En concreto, reclama modificar el artículo 25.g para indicar que el denominado “toreo cómico” no puede ser un espectáculo taurino si no se trata con igual dignidad a todos los participantes, de forma que se evite un espectáculo que realice burla por la condición de discapacidad de una persona.

La resolución también demanda incluir un nuevo apartado en el artículo 90, que establezca que los espectáculos taurinos de toreo cómico no pueden atentar contra la dignidad de los participantes. De este modo, “las burlas por la condición de discapacidad de una persona” dejarán de estar permitidas.

Por otro lado, propone modificar la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de protección de la seguridad ciudadana para añadir un nuevo apartado al artículo 27, en el que se prohíban espectáculos que atenten contra la dignidad de las personas por cualquier motivo, incluido el de tener discapacidad.

Reclama además adaptar a la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad las leyes 10/1991, de potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y 18/2013 para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural.

En ambos casos, su objetivo es prohibir espectáculos taurinos en los que se atente contra la dignidad de las personas en general y en particular de aquellas con discapacidad a través de la mofa o la burla.


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