Se calcula que el importe total del dinero defraudado a más de 5.000 inversores asciende a 20,4 millones de euros
MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a tres personas por estafa agravada a penas que van de los 8 años y 4 meses a los 3 años de prisión por formar parte de una organización criminal que estafó en 2011 a más de 5.000 inversores ofertando beneficios gracias a la compra de derechos de explotación de campañas publicitarias en Internet de marcas de relieve.
Así, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal condena a Iván Fernández Peciña y a Pilar Pulido Sánchez a 8 años y 4 meses de prisión por un delito continuado de estafa agravada y por otro de organización criminal.
Además, les inhabilita para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con la comercialización de productos o servicios por un tiempo de 8 años, pero les absuelve del delito continuado de blanqueo de capitales, del delito continuado de falsedad en documento mercantil y del delito de alzamiento de bienes.
El tercero de los condenados es Rafael Vegas Giménez, al que le condenan a 3 años de cárcel como cómplice del delito de estafa agravada. La Sala, en la misma sentencia absuelve a otros 15 encausados del delito de estafa agravada.
LA ESTAFA VINO DE MÉXICO
En los hechos probados se recoge que dos ciudadanos mexicanos –Antonio William Secada y Juan Fortes Urquiza– “en ejecución de un plan concebido con la finalidad de obtener un enriquecimiento ilícito”, y de la mano de otras personas indeterminadas, decidieron crear “unaestructura empresarial ficticia con vocación de permanencia durante un tiempo indefinido (…), poniendo en funcionamiento un sistema de captación de masiva de dinero procedente de un elevado número de pequeños inversores”.
Con este fin, desembarcaron en España en 2011 junto a otro de los investigados, José Cancio, quien hizo de intermediario “a cambio de una retribución”. Lo primero que hicieron fue comprar la sociedad ‘Gran Despliegue de Medios SA’, convirtiéndola en consultora de marketing, y nombraron a Rafael Vegas apoderado de la misma. Ya en abril de ese 2011 se incorporan al negocio Iván Fernández Peciña como gerente y Pilar Pulido como directora de expansión.
Según recoge la sentencia, la inversión que se ofertaba a los clientes consistía “en la captación de capital privado para la compra de los derechos de explotación de campañas publicitarias de las primerasmarcas o empresas del mercado para su optimización y obtención de beneficios mediante anuncios de internet insertados en páginas web como Google, Twenty, Facebook o Yahoo”.
Entre dichas empresas se decía que se encontraban El Corte Inglés, ING Direct, Vodafone, Mercedes Benz, Iberia, Apple o Sony, entre otras. Pero en realidad, éstas empresas que eran ajenas a este entramado, “no habían cedido los derechos de explotación publicitarios y desconocían lo que sucedía”.
RENTABILIDADES OFERTADAS
Los estafadores aseguraban que “a cambio de dichas inversiones los clientes que invertían sus ahorros recibirían una altísima rentabilidad a corto plazo, ofreciendo el producto como novedoso por el auge de este tipo de publicidad”.
La rentabilidad ofertada iba del 1 por ciento de pequeños inversores hasta el 5,5 por ciento semanal para los denominados como “grandes inversores” porque invertían 20.000 euros. Aseguraban el pago de los beneficios a 6 semanas (6.600 euros), pero no permitían retirar el capital en 9 meses.
Además, la mercantil daba nuevos porcentajes de beneficios en caso de que los clientes llevaran nuevos inversores, debiendo ser hasta 7 nuevos clientes en ciclos de 6 semanas para obtener un porcentaje fijo de las nuevas captaciones que hicieran que oscilaba desde 1 al 11 por ciento.
El tribunal apunta en su resolución que para captar el dinero de esos inversores, la mercantil realizaba presentaciones en sus oficinas, un par a la semana, y destaca que “la gran mayoría de las exposiciones las hizo Pilar Pulido asistida por Iván Fernández Peciña”.
“APARIENCIA DE SOLVENCIA”
De ambos, la sentencia dice que “colaboraron de manera esencial para crear la apariencia de solvencia”, y destaca que tomaban decisiones como la selección del personal administrativo, la decisión sobre las nuevas sucursales de la sociedad en otras provincias, la elección de los jefes de equipo que iban a facilitar las inversiones, el manejo del dinero de caja, la resolución de las reclamaciones y dudas, y labores de captación de inversiones, además de la disposición de, al menos, alguna cuenta bancaria de la sociedad.
En las presentaciones, a los clientes se les decía que la matriz de Gran Despliegue de Medios era la sociedad mexicana Producciones del Sur SA y que Ads-Broker era su marca comercial. Una vez realizada una primera inversión por el cliente, se le entregaba un recibo, pasaban a denominarlo ‘Ads-Broker’, le daban un número de socio, una clave y una contraseña y así le daban acceso a consultar su cuenta ‘back office o back account’ en la página web www.ads-broker.es “lo que les permitía ver el supuesto saldo, las campañas disponibles y los beneficios supuestamente generados”.
La sentencia explica que una vez se recibía el dinero en las cuentas de la mercantil española, los fondos eran traspasados a la matriz mexicana y parte del dinero obtenido fue destinado al pago de gastos de personal y de mantenimiento de la estructura así como al abono de las comisiones a los jefes de equipo y también a entregar beneficios a una parte pequeña de los inversores “con la finalidad de dar credibilidad a la trama y seguir consiguiendo nuevas aportaciones de dinero”.
La resolución recuerda que en enero de 2012 se comienza a informar de errores al hacer cortes de ciclo, pero se afirmaba que no había retrasos en el pago de beneficios. Fue en febrero cuando empiezan las demoras en el cobro y a principios de marzo ya no pudieron cobrar los beneficios algunos inversores.
Tras anunciar que se debía a errores informáticos, los problemas de cobro se generalizaron a finales de abril de 2012. “El 2 de mayo de 2012 ya no se puede acceder a la página web, el día 3 de mayo desaparece la plataforma virtual de la empresa con la que trabajaban los inversores, así como los dominios asociados y la vinculación en internet; y el 4 de mayo de 2012 se paraliza toda la actividad en las oficinas”, indica la sentencia.
El tribunal recuerda en su sentencia de más de 300 páginas que con este entramado se obtuvieron inversiones por un total de 269 millones d euros, de los cuales se repartieron entre los inversores 6,5 millones.
Así, calculan que el importe total del dinero defraudado asciende a 20,4 millones. Si bien los gastos en los que se incurrió para sostener y dar forma a la trama fueron de 1,2 millones, con lo cual el beneficio total obtenido fue de 19,2 millones de euros. Y recuerdan que el número de personas afectadas ascendió a 5.115, de los cuales interpusierondenuncia 1.420.
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