MADRID, 04 (SERVIMEDIA)
La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) informó este martes de que ha ganado en segunda instancia a la consultora EY España, responsable de la salida a Bolsa de Gowex y que tendrá que indemnizar con 3,26 millones de euros a un grupo de 130 inversores.
Según detalló Asufin en un comunicado, la sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo y culpa a los profesionales de “conducta negligente omisiva”, mientras que absuelve a Bolsas y Mercados Españoles (BME), a los que también responsabilizó la asociación del fraude.
Los magistrados de la Audiencia Provincial 25 de Madrid cargan contra la consultora “al no haber impedido la publicación de una información gravemente errónea sobre la actividad y situación patrimonial y financiera de la sociedad cuyas acciones eran objeto de cotización en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB)”. Esta negligencia “fue causalmente determinante de una sobrevaloración artificial del precio de las acciones que, al conocerse la situación real de la entidad al publicarse, (…) dio lugar al desplome de la cotización de las acciones” con el consiguiente “grave perjuicio a los accionistas”, según recoge la asociación a partir de la sentencia.
La presidenta de Asufin, Patricia Suárez, celebró que la sentencia “supone una excelente noticia, no sólo para el centenar y medio de afectados por el fraude de Gowex, sino que también lanza un mensaje para el mercado: el pequeño accionista tiene sus derechos y hay que protegerlos; los profesionales de la consultoría están preparados y deben asumir esa responsabilidad para garantizar que las operaciones salen al mercado con las cuentas claras”.
Añadió que “la Audiencia reconoce la legitimación de las asociaciones de consumidores para defender a los inversores minoristas, una gran noticia para los usuarios financieros”. Confió en que los organismos responsables de supervisar las operaciones en los mercados españoles “tomen buena nota de las consideraciones vertidas por nuestros jueces en la sentencia que acabamos de conocer”.
Para el abogado de Colectivo Ronda, Óscar Serrano, que ha ejercido la dirección letrada del proceso de reclamación, la sentencia de la Audiencia Provincial “acude en defensa de la credibilidad del sistema bursátil español y de los intereses de este numeroso grupo de pequeños accionistas de la empresa cuya adquisición de las acciones se fundamentó en la errónea creencia de que invertían en una empresa solvente y con excelentes perspectivas de futuro cuando, en realidad, lo hacían en un verdadero fraude, un mero espejismo”.
EY era la empresa designada por Gowex para actuar como asesor registrado, una figura incluida en la reglamentación del MAB entre cuyas funciones está la de transmitir a BME, regulador del MAB, la información y los datos relativos a las empresas participadas que se acaban facilitando al Mercado y haciéndose públicos. Sin embargo, tal y como se reclamaba desde Asufin y Colectivo Ronda, la actuación profundamente deficiente de EY en su condición de asesor registrado a la hora de realizar la supervisión, seguimiento y valoración de la información proporcionada por Gowex favoreció la difusión pública de datos “gravemente erróneos sobre la actividad y situación patrimonial y financiera” de la compañía.
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