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Cermi Mujeres reporta un aumento del 10% en los asesinatos de mujeres con discapacidad en el año 2023

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MADRID, 09 (SERVIMEDIA)

La Fundación CermiI Mujeres (FCM) alertó este jueves sobre la elevada cifra de mujeres con discapacidad asesinadas por sus parejas y exparejas a lo largo del año 2023, que de conformidad con los datos del XVII Informe Anual del Observatorio Estatal de Violencia contra la Mujeres, es de más de un 10% del total.

Así se ha pronunciado la entidad tras analizar el XVII Informe Anual del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer presentado y aprobado el 17 de diciembre de 2024 en la convocatoria ordinaria del Pleno del Observatorio, del que Cermi Mujeres forma parte en calidad de vocal.

La propia entidad ha recordado que, de acuerdo con el reciente Informe, el número de mujeres víctimas mortales por violencia contra la mujer por razón de género durante el año 2023 fue de 58, de las cuales 6 tenían reconocido algún tipo de discapacidad, suponiendo un aumento en comparación con el año anterior (3 mujeres con discapacidad, de un total de 49 mujeres asesinadas en 2022). En cuestión de porcentajes, los datos del año 2023 se traducen en un 10,3% de mujeres con discapacidad víctimas, frente al 6,1% registrado en el año 2022.

Además, este XVII Informe recoge otros datos relevantes, como que en el periodo 2012-2023, fueron 62 las mujeres con discapacidad las que perdieron la vida a manos de sus parejas o exparejas de un total de 635 mujeres víctimas mortales, representando un 9,8% de ese cómputo total.

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Asimismo, hay que sumar otras cuestiones también reflejadas en el citado documento, como que actualmente son 9.161 las mujeres con discapacidad víctimas de violencia que son preceptoras de la renta activa de inserción, como consecuencia de la situación de desempleo en la que se encuentran, o que, entre las 18.464 victimizaciones de mujeres por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, se incluyen 275 por delitos de corrupción de personas menores de edad o personas con discapacidad.

Por esto, la Fundación Cermi Mujeres urge poner el foco “sobre el incremento y la prevalencia de las distintas formas y manifestaciones de violencia que se ejercen contra las mujeres con discapacidad, otorgando una mayor visibilidad a su realidad y adoptando políticas públicas que tengan en consideración sus necesidades específicas y las formas agravadas de violencia que sufren”.

La entidad sí celebra en cambio la incorporación de la variable de discapacidad al Informe, incluyendo tanto a las mujeres víctimas que tienen la discapacidad reconocida en los registros del Imserso o del INSS, como a las que figuran como tales en los datos recogidos por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, aunque carezcan de reconocimiento oficial.

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ACCESIBILIDAD

Por su parte, y a pesar de que en el Informe Anual del Observatorio se destaca la accesibilidad del servicio de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia contra las mujeres por razón de género (016), Cermi Mujeres denuncia la urgencia de orientaciones claras y auditorias efectivas de los servicios especializados de violencia de género como único camino para atender a las necesidades de estas mujeres, y de evitar, además, la doble victimización que supone para ellas no sólo la violencia a la que son sometidas, sino también esa falta de accesibilidad de los servicios especializados.

Por otro lado, desde Fundación Cermi Mujeres se quiere llamar la atención sobre el aumento de las competencias atribuidas a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer como consecuencia de la reforma del artículo 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial operada a través de la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Ese incremento competencial ha supuesto que, a partir de ahora, los Juzgados y Secciones de Violencia sobre la Mujer conocerán también de la instrucción de los procesos de exigencia de responsabilidad por una multiplicidad de delitos como, por ejemplo, de los delitos de homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad moral, contra la libertad e indemnidad sexual, contra la intimidad y el derecho a la propia imagen, contra el honor o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación, siempre que se hubiesen cometido contra quien sea o haya sido su esposa o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, así como de los cometidos sobre los descendientes, propios o de la esposa o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la esposa o conviviente, cuando también se haya producido un acto de violencia de género.

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Este aumento competencial no ha implicado un refuerzo presupuestario correlativo, ni un incremento del número de Juzgados, lo que conducirá, irremediablemente, a un colapso de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, con todas las consecuencias negativas que ello implicará en la gestión de los casos de los que conozcan estos órganos jurisdiccionales, concluye Cermi Mujeres.


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