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CCOO solicita la apertura de una mesa de diálogo social para adecuar la normativa de despido a las demandas de Europa

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MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

CCOO ha afirmado este lunes que los diferentes pronunciamientos del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) acerca del incumplimiento por parte de España de los estándares internacionales en materia de protección ante el despido sin causa evidencian la necesidad de abrir una negociación en el marco del diálogo social para reformar su regulación y adaptarla a las exigencias de la Carta Social Europea.

Fuentes del sindicato reaccionaban de este modo tras publicar ‘El País’ que el CEDS, al igual que hizo en el caso de UGT, ha fallado a favor de CCOO en la denuncia que presentó por el incumplimiento del Gobierno español de la Carta Social Europea en materia de despido improcedente.

“Desde CCOO reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos de las personas trabajadoras y con el cumplimiento de los estándares internacionales en materia de protección ante el despido injusto. En este sentido, requerimos al Ministerio Fiscal que intervenga en los procesos judiciales para promover recursos y actuaciones que salvaguarden los derechos protegidos por la Carta Social Europea en materia de despidos sin causa”, señalan las fuentes de CCOO consultadas.

El sindicato recuerda que existe un deber de confidencialidad y reserva hasta el 27 de junio de 2025 sobre el contenido del fallo del CEDS.

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“No obstante, más allá del actual pronunciamiento del CEDS, que es confidencial, los diferentes pronunciamientos del Comité ya conocidos sobre esta misma cuestión han señalado los graves incumplimientos de nuestra legislación”, expone el sindicato.

El pasado 12 de diciembre se conoció que el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa había tomado una decisión sobre la denuncia presentada por CCOO en relación a que el derecho español no se adecua a la Carta Social Europea en materia de despido improcedente, ya que no es lo suficientemente disuasorio y limita la indemnización en términos económicos.

Así lo indicaron desde el CEDS, donde explicaron entonces que su decisión no se haría pública hasta un máximo de cuatro meses después de ser comunicada al Gobierno de España o hasta que el Ejecutivo haya adoptado una resolución o recomendación sobre la decisión tomada por el Comité.

CCOO denunció ante Estrasburgo el pasado 18 de noviembre de 2022 que el derecho español vulneraba el artículo 24 de la Carta Social Europea referida a la protección de los trabajadores en caso de despido. Así, la denuncia del sindicato indicaba que el derecho español no permite a los trabajadores reclamar una indemnización vinculada al daño real sufrido en caso de despido improcedente ni permite que esta sea “mínima, accesible y efectiva” para que tenga un efecto disuasorio.

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De igual manera, desde CCOO denuncian que la indemnización por despido improcedente resulta insuficiente para atender el daño sufrido como consecuencia de sucesivos contratos temporales celebrados en fraude de ley, especialmente en el caso de trabajadores con contratos temporales en la Administración Pública, ya que perciben una indemnización inferior a la prevista en los casos de despido improcedente.

El sindicato encabezado por Unai Sordo también ha denunciado que el derecho español incumple la Carta Social Europea en materia de despido porque los tribunales no están autorizados a ordenar la readmisión como remedio adecuado ante un despido improcedente, con independencia de las circunstancias y la conducta de las partes ni como remedio adecuado en situaciones en las que se establezca que el despido es un acto fraudulento destinado a apartar a los trabajadores de su empleo como medio de impedir el ejercicio de los derechos que les puedan corresponder.

La denuncia presentada por CCOO es similar a la que UGT presentó ante el CEDS alegando que la reforma laboral de 2021 no había revertido todas las medidas introducidas en 2012 por el Gobierno de Mariano Rajoy y que el coste del despido improcedente en España no era disuasorio.

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Sobre la demanda de UGT, el Comité Europeo de Derechos Sociales falló contra España, por 13 votos a 1, al considerar que la regulación de la indemnización por despido improcedente en España “viola” el artículo 24 de la Carta Social Europea y que el derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada en el sentido que establece dicha Carta “no está suficientemente garantizado” por el derecho español.

Tras conocerse el fallo del CEDS sobre la demanda de UGT del pasado julio, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, trasladó su compromiso de reformar el despido improcedente para adecuardo a la legislación europea.

“Todo lo que deriva del Comité se convierte en fuente de Derecho en España”, recalcó Díaz tras conocerse el fallo íntegro del Comité Europeo, a la vez que aseguró que el Gobierno cumplirá con las normas europeas y, por tanto, “dará seguridad a las empresas y a los trabajadores”.


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