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-CASI EL 97% DE LOS CONSUMIDORES SIGUE RECIBIENDO LLAMADAS COMERCIALES NO SOLICITADAS PESAR DE LA PROHIBICIÓN, SEGÚN FACUA-

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MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El 96,6% de los consumidores sigue recibiendo llamadas comerciales no solicitadas, pese a que están prohibidas desde finales del pasado junio.

Así lo pone de manifiesto una encuesta a nivel nacional realizada por FACUA-Consumidores en Acción, en la que han participado 6.065 consumidores y que se ha desarrollado entre los días 20 y 22 de septiembre.

El 56,9% de los encuestados señala que ha recibido más de cinco llamadas comerciales en el último mes, mientras que el 4,1% recuerda haberlas recibido en cinco ocasiones en ese periodo, el 8,2% en cuatro, el 12,5% en tres, el 9,7% en dos y el 5,0% indica que le han llamado una vez. El 12,5% dice que no recuerda el número de llamadas recibidas y el 3,4% afirma que no ha recibido ninguna.

Además, el 57,4% de los afectados que durante alguna llamada ha solicitado expresamente al teleporador que no vuelvan a molestarle ha recibido posteriormente una nueva llamada ofreciéndole los servicios de la misma empresa. De hecho, el 35,1% de los usuarios no pide que dejen de llamarle sufre este spam telefónico.

Los servicios objeto de mayor número de llamadas comerciales no autorizadas son los de telecomunicaciones, mencionados por el 72,4% de los consumidores que dicen haberlas recibido.

En segundo lugar, los energéticos, nombrados por el 62,1% de los encuestados. A continuación, a gran distancia, seguros (22%), seguido de llamadas para ofrecer alarmas (5,3%) y préstamos (5,3%).

La encuesta revela que el 8,6% de los consumidores afirma saber cómo denunciar las llamadas comerciales no solicitadas y el 1,5% de los afectados dice haber presentado una denuncia por ello. FACUA recuerda que el organismo al que deben remitirse es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

La Ley General de Telecomunicaciones señala que los consumidores tienen derecho “a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales”.

La prohibición, vigente desde el pasado 29 de junio, también señala que no se deben “recibir llamadas automáticas sin intervención humana o mensajes de fax, con fines de comunicación comercial sin haber prestado su consentimiento previo para ello”.

Así, los usuarios deberán haber autorizado expresamente y de forma previa a las empresas para que estas tengan permitido llamarles para venderles sus productos y servicios, arriesgándose a ser sancionadas de no cumplir con la prohibición.


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