MADRID, 22 (SERVIMEDIA)
Las entidades bancarias y las grandes corporaciones energéticas deberán comenzar a pagar el nuevo gravamen temporal en apenas 10 días, a partir del próximo 1 de febrero, fecha en la que se abrirá el plazo para presentar el pago anticipado de estos nuevos impuestos.
Como bien recoge el calendario del contribuyente –en línea con lo establecido en el Boletín Oficial del Estado (BOE)–, las compañías energéticas deberán presentar el modelo 796 antes del 20 febrero, la misma fecha que tiene la banca para rellenar y entregar el modelo 798, siempre y cuando cumplan todas las condiciones para tener que pagar estos impuestos.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) vigilará que estos sectores cumplan con estas nuevas obligaciones tributarias. De no hacerlo, cometerán una infracción “muy grave” que se traducirá en una multa económica del 150% sobre el importe repercutido.
Cabe recordar que todas las entidades financieras que cerrasen 2019 con más de 800 millones de euros en su margen de intereses (intereses cobrados menos pagados) más sus comisiones netas (cobradas menos pagadas) deberán pagar el 4,8% de los ingresos satisfechos por este mismo concepto.
En el caso de las energéticas, tendrán la obligación de pagar el nuevo tributo aquellas compañías que registrasen una cifra de negocios por encima de los 1.000 millones de euros en 2019. Para estas compañías, el importe a pagar será el 1,2% de su cifra de negocios.
50% DEL IMPORTE
Las entidades obligadas deberán ingresar entre el 1 y el 20 de febrero un pago anticipado de estos gravámenes cuyo importe será del 50% sobre la prestación que se debe abonar en el conjunto del año. Por otro lado, la autoliquidación se desembolsará entre el 1 y el 20 de septiembre.
En un hipotético escenario en el que alguna de las compañías declarantes desconociese de forma definitiva el importe neto de la cifra de negocios correspondiente al año natural anterior, la Agencia Tributaria aceptará “de forma provisional” una cifra que se calcule en base a un método de cálculo “fehaciente”.
Para que Hacienda dé el visto bueno a ese método, deberá ser una “estimación resultante de las cuentas debidamente formuladas o, en su defecto, la estimación que derive de los trabajos de auditoría de cuentas a efectos de la elaboración y formulación de cuentas”.
BANKINTER, EL PRIMERO EN PAGAR
Bankinter ha sido la primera compañía en afirmar públicamente que pagará este impuesto, así como el impacto que supondrá para sus cuentas. En concreto, calcula que el impuesto retraerá de sus arcas 80 y 100 millones en 2023 y 2024, respectivamente, lo que supone “en torno al 15%” del beneficio neto de 2022.
No obstante, la consejera delegada del banco, María Dolores Dancausa, afirmó que, pese a que la entidad pagará el impuesto “en la fecha que nos impongan”, van a recurrirlo a continuación. “No hemos cambiado de opinión”, aseveró antes de explicar que la entidad está trabajando en el recurso jurídico, sin dar más detalles.
Con estos impuestos, el Gobierno estima una recaudación anual de 3.500 millones de euros: 2.000 millones procedentes de las energéticas y 1.500 millones de la banca.
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