Sostiene que el hecho de que fuese sancionado por vía administrativa no impide que el Supremo proceda por la vía de lo penal
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha elevado una exposición razonada a la Sala Segunda en la que propone solicitar un suplicatorio al Senado para suspender la inmunidad y proceder penalmente contra el senador del PP José Manuel Baltar al apreciar indicios de un presunto delito contra la seguridad vial por conducir un coche a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52.
En dos resoluciones, dictadas este mismo miércoles y recogidas por Europa Press, la magistrada instructora explica que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre el resultado del radar, la cifra alcanzaría los 204 kilómetros por hora en un tramo en el que la velocidad máxima permitida era de 120 kilómetros por hora, lo que a su juicio encaja en un delito contra la seguridad vial.
Ferrer indica que, acreditada la condición de senador de Baltar, “se ha llegado a un momento en que la constancia de indicios cualificados, ya consignados, hace imprescindible para avanzar en el camino procesal” –como solicitó el fiscal– “recabar la autorización del Senado.
Insiste en que es necesario pedir permiso al Senado para seguir adelante con el procedimiento penal aunque Baltar ya fue sancionado por la vía administrativa por este hecho –con una multa y la pérdida de varios puntos del carné–. Según defiende en su exposición, dicha sanción administrativa no limita al Supremo a proceder por la vía penal.
La instructora ha adoptado esta decisión después de que el Supremo abriera causa el pasado noviembre, tras recibir la Sala de lo Penal el testimonio de juicio rápido y las diligencias urgentes remitidos por los juzgados de Zamora y Puebla de Sanabria, incoadas en virtud de atestado de la Guardia Civil por la comisión de un supuesto delito contra la seguridad vial.
Cabe recordar que, en el marco de las diligencias de investigación, Ferrer tomó declaración a Baltar, quien compareció voluntariamente ante el Supremo el pasado 19 de diciembre para negar que condujera a esa velocidad. “No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora”, dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.
Asimismo, la magistrada pidió a la Guardia Civil que informase sobre las especificidades de los modelos de radar que captaron a Baltar conduciendo por encima del límite de velocidad, sobre los aparatos que imprimen las multas y, en concreto, sobre qué datos se introducen automáticamente, así como dónde estaba situado el radar que le detectó el 23 de abril de 2023 en la A-52.
SEIS MESES DE MULTA
Los hechos por los que se investiga al senador ‘popular’ se remontan a ese domingo de abril, cuando fue interceptado, según el informe definitivo de la Guardia Civil de Tráfico, a 215 kilómetros por hora en la A-52, a su paso por Asturianos, al volante de un coche de la Diputación de Ourense.
Antes de que el caso llegara al Supremo, el Ministerio Fiscal presentó un escrito de acusación contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de vehículos a motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal.
La Fiscalía pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros. El Ministerio Público también reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.
El juzgado de instrucción acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad. Pero, una vez acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, acordó la inhibición y remisión de las actuaciones al Supremo.
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