MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
El juez del ‘caso Rubiales’ tomará declaración como testigo el próximo 2 de febrero a la seleccionadora femenina, Montse Tomé, para aclarar si no convocar a Jennifer Hermoso en dos partidos de España tuvo relación con la negativa de la jugadora a firmar un comunicado conjunto con Luis Rubiales, expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), para aplacar la polémica surgida a raíz del beso que le propinó éste en la boca tras ganar el Mundial en Sídney (Australia).
El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 1 escuchará a Tomé a partir de las 10.00 horas, dando cumplimiento a lo ordenado por la Sala de lo Penal, que este jueves accedió a lo solicitado por el exseleccionador masculino Jorge Vilda, que fue quien solicitó esta diligencia.
Precisamente por esta razón el magistrado acuerda dejar sin efecto el plazo de 10 días que dio esta misma semana para formular los escritos de acusación hasta que se celebre la testifical y se haya dado la posibilidad de formular alegaciones sobre el mantenimiento o no de la condición de investigado de Jorge Vilda.
Fue este jueves cuando el instructor propuso juzgar a Rubiales al considerar que su beso “no fue consentido” y que el exdirigente actuó de forma “unilateral y sorpresiva”. También propuso enviar al banquillo al propio Vilda y al director deportivo de la selección masculina, Albert Luque, así como al responsable de marketing de la RFEF, Rubén Rivera, por las presiones posteriores que sometieron a Hermoso para que afirmase públicamente que el beso había sido consentido.
El juez asegura que existió “una acción concertada de los tres” procesados acordada con Rubiales “para doblegar la voluntad de Hermoso y conseguir que accediera a grabar un video en el que dijese que el beso había sido consentido”.
Cabe recordar que el instructor investigaba a Rubiales por los delitos de agresión sexual y coacciones. Sin embargo, en su resolución el magistrado no propone juzgarles por ninguno de esos delitos asegurando que “no es preciso que el instructor haga una calificación detallada, ni que se precise los concretos tipos penales”.
A juicio del instructor, “el auto fija de manera general unos hechos lo bastante amplios para dar un margen flexible a las acusaciones” para que sean ellas las que, en sus respectivos escritos de acusación, concreten los delitos por los que deben ser juzgados.
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