VALÈNCIA, 18 (EUROPA PRESS)
El sindicato UGT ha presentado un escrito al Defensor del Pueblo en el que solicita que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra parte de la Ley 6/2024 de simplificación administrativa de la Generalitat al entender que “esconde una privatización de los servicios sociales valencianos”.
En la petición, registrada el 13 de febrero y consultada por Europa Press, se resalta que la norma se aprobó por Les Corts Valencianes por el trámite de urgencia y sin que, por ello, exista informe de ningún órgano jurídico Consultivo, en el caso de la Comunitat Valenciana, el Consell Juridic Consultiu o el Comité Económico y Social.
En concreto, la organización sindical pide al Defensor de Pueblo que actúe por dos artículos –los 86 y 87– al entender que “son inconstitucionales y, a todas luces innecesarios e inconvenientes”, lo que “supone un empeoramiento de los servicios sociales y la eliminación de un modelo público de gestión, diferente incluso al resto del Estado español, que conlleva una gran preocupación al provocar el desmantelamiento del estado público del bienestar”.
El texto sostiene que el artículo 86 de la nueva norma modifica, a su vez, el artículo 34 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, sobre Formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, elimina la previsión de que sean las administraciones públicas las que provean por gestión directa diversos servicios –los previstos en los artículos 18.1 y los apartados a, b y c del artículo 18.2–, así como la prescripción de las prestaciones y la elaboración, el seguimiento y la evaluación del plan personalizado de intervención social.
Subraya que los artículos 18.1 y 18.2 incluyen el servicio de promoción de la autonomía, que desarrolla el diagnóstico e intervención en situaciones de dependencia; así como el Servicio de prevención e intervención con las familias, que se encarga de la prevención y evaluación de las situaciones de riesgo y del diagnóstico social y la intervención de carácter individual o familiar con la infancia y la adolescencia.
Sin embargo, recuerda que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, establece en su artículo 28.6, sobre el Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema, que “los servicios de valoración de la situación de dependencia, la prescripción de servicios y prestaciones y la gestión de las prestaciones económicas previstas en la presente Ley, se efectuarán directamente por las Administraciones Públicas no pudiendo ser objeto de delegación, contratación o concierto con entidades privadas”.
Asimismo, en su artículo 29 contempla que sean los servicios sociales correspondientes del sistema público quienes establezcan un programa individual de atención de las personas en situación de dependencia.
Para UGT, resulta “evidente” que los cambios que introduce la ley simplifica “vulnera estas disposiciones (…) invadiendo una competencia estatal y atacando el principio de igualdad”.
Por otro lado, apunta, eliminar la reserva para que sean las administraciones públicas las que provean por gestión directa el Servicio de prevención y evaluación de las situaciones de riesgo y del diagnóstico social y la intervención de carácter individual o familiar con la infancia y la adolescencia “contradice la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia”.
Dicha norma prevé, en su artículo 41, que “con el fin de responder de forma adecuada a las situaciones de urgencia que puedan presentarse y en tanto no se pueda derivar el caso a la Entidad Pública de Protección a la infancia, cada comunidad autónoma determinará el procedimiento para que los funcionarios que desarrollan su actividad profesional en los servicios sociales de atención primaria, puedan adoptar las medidas oportunas de coordinación para garantizar la mejor protección de las personas menores de edad víctimas de violencia”.
“DE TAPADILLO”
En esta línea, el sindicato cree que con el plan simplifica se “modifica de tapadillo” la ley de 2019 y se abre la puerta a “la privatización de los servicios sociales municipales de la ciudadanía”.
“Estas posibles privatizaciones afectan, por ejemplo, al servicio de promoción de la autonomía, que desarrolla el diagnóstico e intervención en situaciones de dependencia; así como el servicio de prevención e intervención con las familias, que se encarga de la prevención y evaluación de las situaciones de riesgo y del diagnóstico social: y la intervención de carácter individual o familiar con la infancia y la adolescencia”, enumera.
Igualmente, advierte que la modificación “supondrá una reducción del personal de atención directa de las residencias valencianas de personas mayores por debajo de los umbrales estatales mínimos de calidad”.
La consecuencia inmediata, en palabras de la responsable de política social de la UGT Serveis Públics, María Navarro, citadas en el escrito, es que “se puedan privatizar por primera vez en la historia, los Servicios Sociales municipales, que son los más cercanos a la ciudadanía”. “Y esto, además, en un momento en el cual además el pueblo valenciano necesita más que nunca unos Servicios Sociales eficientes y de calidad”, finaliza.
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