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Los médicos que ocupen una plaza de difícil cobertura en la Comunitat recibirán hasta 10.000 euros al año de incentivo

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Se aplicará en Primaria y Hospitalaria y dará al profesional ventajas en los méritos para la fase de concurso de oposiciones y la bolsa

VALÈNCIA, 26 (EUROPA PRESS)

El conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, Miguel Mínguez, ha anunciado este jueves que los facultativos, que ocupen una plaza considerada de difícil cobertura en el sistema sanitario público recibirán un incentivo de hasta 10.000 euros anuales, el doble de lo que estaba previsto inicialmente.

Así lo ha asegurado el titular de Sanidad, en una comparecencia en Les Corts, en la que ha afirmado que este viernes está previsto que se apruebe en el pleno del Consell el nuevo decreto que va a regular la ocupación de las plazas de difícil cobertura y que recoge los incentivos, laborales y retributivos, que se contemplan para los profesionales. Por tanto, “el objetivo es que en las próximas semanas entre ya en vigor”, ha añadido Mínguez.

El decreto recoge el procedimiento para la declaración de plazas de difícil cobertura dentro del sistema sanitario público y los efectos incentivadores en función del puesto. Además, regula los acuerdos de alianzas estratégicas que se van a establecer entre los diferentes departamentos de salud para poder desarrollar proyectos de gestión compartida, así como la prestación voluntaria de guardias o de atención continuada, según ha informado la Generalitat en un comunicado.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

De esta manera, el ámbito de aplicación del decreto será tanto en Atención Primaria como en Atención Hospitalaria. La finalidad es “cubrir las necesidades asistenciales y ofrecer un acceso equitativo a las prestaciones sanitarias independientemente del lugar donde se resida”. Para ello, a través de estas medidas, se pretende “fortalecer” aquellos centros de salud y consultorios de los municipios del interior, y determinados servicios asistenciales de los hospitales alejados de los principales núcleos urbanos, que presentan carencia de determinados profesionales para cubrir la demanda asistencial.

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Según ha indicado el conseller de Sanidad, “con este conjunto de medidas lo que pretendemos es ofrecer mayores ventajas a los profesionales, no solo de carácter retributivo, sino que habrá una compensación en cuanto a la carrera profesional, en los procesos selectivos, actividades formativas y en la opción de prolongar la permanencia en el servicio activo”.

Además, según ha manifestado Mínguez, “vamos a crear una sinergia entre los departamentos de salud, a través de alianzas estratégicas. La finalidad es cubrir la atención sanitaria en cualquier lugar, por tanto, a través de estas alianzas los facultativos que lo deseen de forma voluntaria van a poder realizar, tanto jornada ordinaria como guardias en otros departamentos de salud”.

Asimismo, “estas alianzas estratégicas permitirán establecer una colaboración entre los profesionales en las zonas asistenciales. De esta manera, serán los servicios asistenciales los que se desplacen y acerquen la atención sanitaria al lugar del paciente, por lo que recibirán una compensación retributiva, tanto en Primaria como en Hospitalaria”.

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QUÉ PLAZAS SERÁN

Se considerará plaza de difícil cobertura aquella que, tras agotar todos los procedimientos de selección, permanezca vacante durante tres meses continuados en los últimos 12 meses. Además, las de aquellas categorías de profesionales en el que el número de inscripciones en bolsa sea insuficiente para cubrir la prestación asistencial, o las que el órgano competente en asistencia sanitaria determine que es necesaria para cubrir la demanda asistencial.

Los profesionales que ocupen una plaza considerada de difícil cobertura recibirán una incentivación retributiva de 10.000 euros anuales en el caso de categorías del grupo A1, 6.500 euros anuales en el Grupo A2, 4.000 euros anuales en el Grupo C1, 3.000 euros anuales en el Grupo C2 y 2.000 euros anuales en otras agrupaciones profesionales.

Asimismo, la ocupación de una de estas plazas ofrecerá al profesional ventajas en los méritos a tener en cuenta en la fase de concurso de los procesos selectivos y en la bolsa de empleo temporal. Además, el personal residente podrá inscribirse tres meses antes de finalizar el programa formativo, siempre que tenga informe favorable de la Unidad Docente.

Por otro lado, el tiempo de permanencia en un puesto declarado de difícil cobertura se valorará favorablemente para el reconocimiento de la carrera y desarrollo profesional. Asimismo, los profesionales tendrán prioridad a la hora de participar en actividades formativas relacionadas con su actividad, así como en proyectos de investigación. Y finalmente, se valorará también en la solicitud para la prolongación de la permanencia en el servicio activo.

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La alianza estratégica o proyectos de gestión compartidos entre departamentos o centros sanitarios va a permitir compartir entre ellos actividades asistenciales, investigadoras, docentes y el uso de la tecnología para la gestión eficiente de los recursos disponibles, tanto humanos como materiales.

Estas alianzas tendrán una vigencia de dos años, prorrogables anualmente según las necesidades. En este sentido, contempla una retribución adicional para aquellos profesionales que han de desplazarse a desempeñar su trabajo en el departamento o centro sanitario que precisa apoyo. La prestación del servicio se llevará a cabo de forma voluntaria.

De esta manera, los profesionales que se desplacen en jornada ordinaria a reforzar la atención sanitaria en otro departamento de salud percibirán una retribución adicional del 50% del coste por hora, y en jornada complementaria percibirán la retribución adicional del 100%, es decir el doble de lo que se percibe.

Asimismo, las categorías de personal médico y de enfermería podrán realizar guardias o atención continuada, de forma voluntaria, en otro departamento de salud. Esta posibilidad está contemplada en el caso de no haber personal suficiente, a través de los procedimientos de cobertura establecidos. Además, no podrá limitar el descanso mínimo entre jornadas de trabajo, y no superar el máximo de 48 horas semanales de tiempo de trabajo en cómputo anual.


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