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La Ley de Acompañamiento rebaja un 8% las tasas académicas y elimina barreras fiscales para acabar con la brecha digital en el interior y en las áreas industriales

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El Consell ha aprobado el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, conocida como Ley de Acompañamiento a los Presupuestos, para el próximo ejercicio 2019.

El texto, que llega al Consell tras haber pasado la fase de información pública y que ahora se remitirá al Consell Jurídic Consultiu (CJC) y al Comité Econòmic i Social (CES) para la emisión de los informes preceptivos, recoge un amplio abanico de medidas fiscales, sociales o de impulso económico con incidencia en los presupuestos, como la reducción de un 8% en las tasas académicas o la supresión de barreras para acabar con la marginación digital en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.

En total, el texto incluye modificaciones parciales a 30 leyes con impacto presupuestario. Entre las iniciativas, destaca especialmente la reducción del 8% en las tasas académicas para el curso 2018-19, que se une a la rebaja del 7% acordada el año pasado, culminando así el plan de reducción del coste de las matrículas de un 15% en dos ejercicios, tras las subidas del Ejecutivo anterior que solo en el curso 2012-13 fue del 33,3%.

El Consell cumple su promesa, pese a las limitaciones presupuestarias, con el objetivo de que ningún joven se quede sin estudiar en la universidad por motivos económicos. Como sucedió el curso pasado, los Presupuestos de 2019 incluirán una partida de alrededor de 9,5 millones para compensar a las universidades por la reducción de ingresos como consecuencia de las menores tasas a abonar por los estudiantes.

La rebaja bianual del 15% comportará que la Comunitat Valenciana haya pasado de ser una de las autonomías con las matrículas universitarias más caras a estar en la media estatal. Los alumnos universitarios valencianos se han ahorrado en tasas una media de

200 euros. Además, el Consell continúa mejorando el sistema valenciano de becas, destinando 30 millones a este fin, el doble que en 2015. Eso supone que actualmente hay más de 43.000 alumnos beneficiarios de becas.

Una de las modalidades son las Becas Salario, únicas en España. Hay 1.154 alumnos universitarios que se han beneficiado. Las familias de estos alumnos no pueden hacer frente a los gastos derivados de sus estudios. Este alumnado percibe hasta 600 euros mensuales para estudiar en una universidad pública valenciana.

Sólo el 20% de áreas empresariales, con fibra óptica Otra de las novedades de la Ley de Acompañamiento es la eliminación de las tasas para la realización de obras e instalaciones destinadas a telecomunicaciones, tanto en zonas de dominio público como de protección de la carretera. Esta tasa, que se impone a las conducciones para extender la fibra óptica, tiene un escaso impacto en las ciudades; sin embargo, se ha convertido en una auténtica barrera para llevar la Banda Ancha de al menos 30 Megabits a las zonas rurales y polígonos industriales de la Comunitat Valenciana, al convertirse en factor disuasorio de las inversiones por parte de las operadoras privadas.

De ahí su supresión, con el objetivo de acabar con la brecha digital en todo el territorio valenciano, en el marco de la Agenda Valenciana Antidespoblamiento y del Plan de Banda Ancha de alta velocidad de la Generalitat. Actualmente, el despliegue de fibra óptica es de una media del 60% en la Comunitat Valenciana, concentrado en municipios de más de 10.000 habitantes y zonas costeras, frente a las zonas rurales y de interior. En cuanto a los parques empresariales, solo el 20% cuenta con fibra óptica.

A modo de ejemplo, y teniendo en cuenta que la tasa supone un coste de 43 euros por metro lineal de conducción, llevar la fibra óptica desde un municipio a otro a 10 kilómetros, supone 430.000 euros por la autorización, obra civil al margen, con el añadido de que se trata de zonas con menor demanda. La tasa también penaliza la extensión a los polígonos industriales, en ocasiones alejados de los municipios.

El IVF, brazo ejecutor de los proyectos de inversión de las conselleries La Ley de Acompañamiento autoriza asimismo la creación del Fondo FinInVal, que será gestionado por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF), con el objetivo de impulsar financieramente proyectos de inversión e innovación que ejecuten las diferentes conselleries.

FinInVal pondrá a disposición de las diferentes conselleries y departamentos del Consell su conocimiento en la gestión de proyectos financieros para ayudarles a materializar

aquellos que quieran llevar a cabo. En este sentido, el personal técnico del IVF se encargará de asesorar y actuará como gestor de los instrumentos financieros incorporados a este fondo.

La dotación económica de FinInVal, que se constituirá como un fondo sin personalidad jurídica, provendrá de los créditos consignados en las leyes anuales de presupuestos generales de la Generalitat y de las aportaciones de otras entidades públicas, sin perjuicio de que pueda recibir también aportaciones de entidades privadas.

Para el año que viene se prevé la creación de dos instrumentos financieros en colaboración con la Agencia Valenciana de la Innovación: un programa de préstamos participativos heredero de la actual línea Innovación + del IVF y un fondo de capital riesgo gestionado por gestoras privadas que serían seleccionadas en convocatoria competitiva. Éste será el tercer fondo gestionado por el IVF, tras la creación del Fondo de Fondos Feder, destinado a las pymes y con un activo total de 100 millones, y el Fondo de Fondos FSE, con el fin de otorgar microcréditos para desempleados.

El PIP, hasta 2020 para salvar 125 millones para los alcaldes El anteproyecto de norma que acompaña a los Presupuestos de 2019 también amplía año y medio, hasta el 31 de diciembre de 2020, el plazo de ejecución del Plan de Inversiones Productivas (PIP) para salvar 125 millones de inversiones de una treintena de ayuntamientos.

Las dificultades a la hora de finalizar los proyectos incluidos por el anterior Consell, con múltiples deficiencias e irregularidades en los expedientes, cuando no inmersos en litigios o conflictos administrativos, y que han tenido que rehacerse para darles viabilidad, hace que en estos momentos haya proyectos, normalmente de gran envergadura, que necesitan de más tiempo para su ejecución.

Además, el actual Consell dio a los alcaldes la posibilidad de modificar o sustituir sus proyectos para elegir otros de mayor utilidad para la ciudadanía. Otro factor para flexibilizar la ejecución ha sido la entrada en vigor este año de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, que ha incorporado nuevas exigencias para la licitación y contratación de las obras.

El Consell ha apostado por resolver los problemas en la tramitación de los proyectos para garantizar estas inversiones en beneficio de los ciudadanos y que los alcaldes no pierdan los recursos.

Regulación de los puertos El texto incorpora una modificación de la ley valenciana de Puertos con el fin de posibilitar que en los puertos de titularidad de la Generalitat, en aquellos casos donde la singularidad lo justifique, se pueda habilitar al Consell para regular y establecer nuevas formas de gestión autónoma de estas infraestructuras, después de aprobarse los estudios oportunos de viabilidad económica.

Por otra parte, el anteproyecto amplía de 30 a 50 años el plazo de las concesiones sobre los puertos, confluyendo en los regímenes de plazos y prórrogas existentes en los puertos de competencia estatal y en los de la mayoría de las comunidades. La

ampliación favorece la modernización, la competitividad nacional e internacional y la captación de inversiones hacia estas instalaciones, mejorando la eficiencia del sistema porturario valenciano y la conectividad con otras infraestructuras.

Aparcamientos para bicis en nuevos edificios La apuesta medioambiental del Consell se ve reflejada este año en diversas medidas contenidas en la ley. Entre otras, se modifica la Ley 6/2011 de Movilidad de la Comunitat Valenciana que pasa a establecer que los edificios residenciales colectivos de nueva construcción deberán contemplar emplazamientos resguardados para el estacionamiento de bicicletas.

Las plazas de aparcamiento para bicicletas se situarán próximas a los principales accesos del inmueble, al nivel de la vía pública o planta baja del edificio. Se dispondrá como mínimo una plaza de aparcamiento por vivienda.

Deducción por autoconsumo en segunda residencia Mediante el anteproyecto también se amplía el ámbito de la deducción por instalaciones destinadas a la producción de energía o de autoconsumo eléctrico a cualquier tipo de vivienda, con independencia de que tenga o no carácter de domicilio habitual del contribuyente. Esto redundará en un incremento del ahorro energético de los hogares, así como en una reducción de las emisiones de gases contaminantes. Esta deducción se aplica en el tramo autonómico del IRPF respecto a las cantidades invertidas en este tipo de instalaciones.

Menos papeleo para 30.000 valencianos La Ley de Acompañamiento también modifica otros aspectos de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos simplificando los trámites para la adquisición de vehículos.

La compra de automóviles tipo turismo, vehículos mixtos adaptables, vehículos todo-terreno, motocicletas y ciclomotores, que tengan una antigüedad superior a 5 años e inferior o igual a 12 años y cuyo valor sea inferior a 20.000 euros pasarán a tributar por un sistema de cuotas fijas, de forma que los compradores se ahorrarán el trámite de ir al Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT) y podrán acudir directamente a Tráfico para realizar el cambio de titular.

Esta medida beneficiará a 30.000 valencianos que verán simplificado el cumplimiento de sus obligaciones formales al tiempo que se mejora la eficiencia en la gestión. Hasta ahora, esta simplificación solo existía en la trasmisión de vehículos de más de 12 años.

Se amplían las ayudas a las víctimas de violencia de género En cuanto a las medidas sociales, se adapta la Ley 7/2012, de la Generalitat, de Violencia contra la Mujer al reciente Real Decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, que modifica el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

En concreto, se amplían los beneficiarios de estas ayudas, tanto en caso de muerte como de gran invalidez o incapacidad permanente absoluta, así como los medios de prueba aceptados para reconocer esta situación. Así, la cobertura de la ley se extiende a las hijas e hijos aunque no tengan dependencia económica. Antes, solo cuando había dependencia económica se consideraban beneficiarios. Ahora se repara también el daño moral que se causa a los hijos e hijas cuando matan a su madre.

Además, se extienden los beneficios de la norma para los casos en que la víctima sea la hija, el hijo, la persona tutelada o en acogimiento permanente de la mujer víctima de violencia de género, así como los padres o los hermanos o hermanas, junto a las personas que hayan salido en su defensa.

También se da cobertura, por primera vez, a los casos en que se cometen fuera del territorio de la Comunitat Valenciana, siempre que el empadronamiento o residencia efectiva de la víctima sea esta autonomía. Por último, se amplían los medios de prueba que acreditan ser víctima de violencia de género, de forma que también servirá el Informe del Ministerio Fiscal o un Certificado Acreditativo de Atención Especializada.

Red Valenciana de Agentes de Igualdad Asimismo, la Ley de Acompañamiento modifica la ley 9/2003 de Igualdad entre mujeres y hombres e implementa un servicio específico de promoción de la igualdad a través de la Red Valenciana de Agentes de Igualdad, que se encargará de incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas municipales, así como del asesoramiento y la sensibilización de las mujeres, y la prevención de la violencia de género. También facilitará información a empresas y entidades en la elaboración de Planes de Igualdad.

Coordinadores de Igualdad en los centros educativos y otras medidas Asimismo, se modifica la Ley 9/2003 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para introducir la figura de la persona coordinadora de igualdad en todos los centros escolares con el objetivo de avanzar en la coeducación y la formación para la igualdad en el ámbito educativo y en la incorporación de las perspectivas de género de las políticas de igualdad en todos los ámbitos educativos.

Plazas escolares y Renta Valenciana de Inclusión Siguiendo con las medidas sociales, la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2019 también modifica la Ley 19/2017 de Renta Valenciana de Inclusión, para aumentar de dos a tres meses el plazo de los servicios sociales para elaborar el informe de propuesta de resolución y reducir de cuatro a tres meses el plazo establecido para la resolución de las direcciones territoriales, sin que suponga ampliación del plazo total de tramitación.

Asimismo, se introduce una Disposición Transitoria en la citada ley 19/2017 que establece que la condición de persona beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión se tendrá en cuenta para la obtención de plaza en una escuela infantil pública y en centros educativos en cualquier etapa educativa y de formación reglada. La puntuación que se le asignará por este criterio a las rentas más bajas será incrementada en un 50% para las personas que tengan acreditada la condición de perceptor de la Renta Valenciana de Inclusión.

El IVASS amplía sus beneficiarios La Ley de Acompañamiento de 2019 también modifica la Disposición Adicional 11 de la Ley de Acompañamiento del año 2000 para incluir a las personas mayores, infancia y adolescencia en el ámbito de actuación del Instituto Valenciana de Atención a los Discapacitados y Acción Social.

Además, el IVASS se subrogará en la condición de ocupador y el contratista tendrá que entregar los bienes inmuebles e instalaciones para la extinción del contrato de gestión integral de centros de titularidad pública en el ámbito de diversidad funcional.

Entrada de menores a salas de fiesta y espectáculos Finalmente, los cambios en la Ley 14/2010, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunitat Valenciana permiten aclarar la regla de entrada y permanencia en salas de concierto y espectáculos de música en directo de los menores de edad.

Con la nueva regulación, los jóvenes menores de 16 años y los mayores de 14 podrán acceder a las salas en determinadas condiciones de autorización. Por su parte, los menores de 14 años podrán acceder a estos locales y espectáculos acompañados de padres o tutores.

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