Los afectados no pudieron reclamar ya que prescribió una posible infracción grave por no dejarles acceder a un concierto previo
VALÈNCIA, 10 (EUROPA PRESS)
El Síndic de Greuges ha reprochado a la Conselleria de Justicia que tardara 23 meses en responder a una reclamación de dos usuarios sobre unas entradas del festival Arenal Sound de Burriana de 2019, lo que provocó que la infracción grave por la que podían reclamar prescribiera y los afectados no pudieran ejercer sus derechos.
Así aparece en dos resoluciones de la institución consultadas por Europa Press, en las que se explica que dos ciudadanos presentaron una queja ante el departamento que dirige Gabriela Bravo después de que la organización del festival no les permitiera el acceso a uno de los conciertos previos.
Como recoge la institución en la primera resolución –de junio–, los afectados presentaron sus quejas en septiembre y noviembre de 2019. Según la respuesta de la organización, “sus entradas eran abonos generales que permitían el acceso al recinto musical los días 1 al 4 de agosto, pero no incluía la entrada a una prefiesta del 30 de julio para la que además había que abonar un importe extra de cuatro euros y el aforo estaba limitado”.
Los interesados no aceptaron estas explicaciones ya que entendían que esta información no estaba recogida en las entradas que compraron, por lo que hicieron extensiva su reclamación a la Conselleria de Justicia en febrero de 2020. La respuesta de la administración llegó el 4 de enero de 2022.
En el escrito de la Dirección Territorial de la Conselleria en Castellón se explicitaba que los hechos pudieron ser constitutivos de una infracción grave del apartado 9 de la ley de Espectáculos Públicos (ejercicio del derecho de admisión de forma arbitraria, discriminatoria o abusiva o que vulnere el artículo 14 de la Constitución). Sin embargo, al haber pasado ya los dos años desde los hechos, la posible infracción ya había prescrito.
“MAL FUNCIONAMIENTO”
Por ello, el Síndic considera que “el mal funcionamiento de la administración dejando transcurrir el plazo de prescripción de dos años sin realizar ninguna gestión” ha ocasionado que se decretara el archivo de las causas “sin entrar a conocer el fondo del asunto” lo que “sin duda pudo generar algún tipo de perjuicio económico en los ciudadanos que iniciaron esta reclamación”.
De este modo, sería “recomendable” que la administración valorase la posibilidad de iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial que terminara resolviendo si este funcionamiento anormal de los servicios públicos, reconocido por la propia Conselleria, es susceptible de generar una indemnización a favor de los perjudicados”.
El Síndic considera, además, que “no resulta justificable” atribuir el retraso a la situación ocasionada por la pandemia: “los plazos administrativos estuvieron suspendidos dos meses y medio, pero recordamos que la reclamación de los ciudadanos fue resulta 23 meses más tarde”. La Conselleria ha alegado también falta de personal.
Ante esta situación, la Sindicatura recomendó a la Conselleria resolver las reclamaciones planteadas por los ciudadanos en un plazo máximo de tres meses y que valorara la posibilidad de iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial a favor de los promotores de la queja por los daños que se les haya podido causar por el mal funcionamiento de la administración.
La institución instaba a la Conselleria a responder por escrito en un mes. En su resolución del 5 de agosto, el Síndic deja constancia de que la Conselleria no ha respondido por lo que les reprocha su “falta de colaboración”.
“Llegados a este punto se hace evidente que desde la Conselleria de Justifica no se han realizado las actuaciones necesarias para atender la recomendación del Síndic” lo que “ha impedido alcanzar, de manera efectiva, la satisfacción de los derechos reclamados por la persona promotora de la queja”.
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