El Juzgado anula la autorización del contrato y el Consistorio estudia la posibilidad de recurrir el fallo al TSJM
MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
La oposición en Cibeles ha cargado contra el Ayuntamiento de Madrid tras conocerse la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de la capital que estima el recurso de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento que autorizaba el contrato de concesión de obra para la construcción y explotación de los aparcamientos del paseo de la Castallena-Bernabéu y Padre Damián junto al estadio del Real Madrid.
En concreto, Más Madrid ha tildado de “demoledora” la sentencia mientras el PSOE ha criticado las “chapuzas urbanísticas” en que, a su juicio, incurre el Consistorio.
Así, la concejala de Más Madrid Esther Gómez ha subrayado que el fallo que “anula el pelotazo” aprobado por el alcalde, el ‘popular’ José Luis Martínez-Almeida “justo esta semana en que empezaban a talarse los árboles para las obras”.
En declaraciones facilitadas a los medios, Gómez subraya que el recurso de los vecinos estimado por el Juzgado “coincide con todo” lo que viene denunciando Más Madrid “desde hace años”, y que pasa porque “estos macroparkings privatizados con los que el Real Madrid va a ingresar más de 326 millones de euros son incompatibles con el planeamiento urbanístico”.
Asimismo, la edil ha advertido de que estos proyectos se planearon “sin estudios de movilidad suficientes”, se aprobaron “desoyendo informes en contra de funcionarios municipales” y “son un perjuicio medioambiental por la tala de árboles y la contaminación que van a provocar”.
“Este pelotazo marca Almeida lo tiene todo y la Justicia ha tenido que pararle los pies”, ha subrayado Esther Gómez, quien espera que el Ayuntamiento “cumpla con la sentencia sin rechistar”, no la recurra y “paralice unas obras que son un auténtico despropósito”.
Las palabras de la concejala coinciden con lo expresado por la portavoz de Más Madrid en Cibeles, Rita Maestre, en sus redes sociales, donde afirmaba que la sentencia “es demoledora” porque “afirma que no queda acreditado interés público alguno”.
“Pelotazo en toda regla”, ha abundado la portavoz, quien alude también al “varapalo” que, a su juicio, recibe el proyecto en términos ambientales, pues “la magistrada habla de perjuicio por la supresión de arbolado y zonas verdes y por la saturación del tráfico y aumento de la contaminación atmosférica y acústica”.
PSOE AFEA LAS “CHAPUZAS URBANÍSTICAS”
Por su parte, la portavoz del Grupo Municipal Socialista, Reyes Maroto, ha subrayado que el Ayuntamiento “ha perdido otra sentencia” fruto de “las chapuzas urbanísticas que hace el Partido Popular” en la capital.
“Yo espero que en este mandato no tengamos que seguir denunciando al ayuntamiento por estas indisciplinas urbanísticas que cada mes nos llevan al Pleno”, ha deseado Maroto durante su visita este sábdo a la Feria del Libro de Vallecas.
“Los vecinos y vecinas y los grupos políticos queremos que la ley se cumpla, que el urbanismo sea parte del modelo de ciudad, que mejore nuestra calidad de vida y que se acaben ya esos chanchullos y esa indisciplina que creo que genera inseguridad para los promotores en este caso, pero también mucha frustración para los vecinos”, ha concluido la portavoz socialista, quien también ha pedido que desde el equipo de Gobierno no se recurra el fallo.
EL AYUNTAMIENTO ESTUDIA RECURRIR AL TSJM
Sin embargo, fuentes municipales consultadas por Europa Press han explicado que los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Madrid están analizando el fallo para decidir un posible recurso contra el mismo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
Asimismo, desde el Consistorio aluden a que en la sentencia la magitrada atiende “a cuestiones formales” como “que no se presentó un nuevo estudio de viabilidad económica-financiera tras introducirse modificaciones en el proyecto una vez que se había sometido a información pública”.
La sentencia, con fecha de 23 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, estima el recurso contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del 9 de marzo de 2023, durante el anterior mandato municipal, y anula este acto administrativo “por no ser ajustado a Derecho”. Al mismo tiempo, se imponen las costas al Consistorio.
La parte demandante fundamentaba su pretensión por una posible infracción por parte de la Administración del procedimiento legalmente establecido respecto a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión y sostenía que los proyectos autorizados infringían las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid en lo relativo al uso de garajes y aparcamientos.
También se omitía, sostenía, el trámite de evaluación de impacto ambiental y carecía, entre otras cuestiones, “de justificación de la concesión” o de “estudio de seguridad específico para el túnel” bajo el estadio.
Asimismo se aludía en el recurso a la “opacidad del procedimiento”, mientras desde el Ayuntamiento se reclamó la inadmisibilidad del mismo por considerar que el acto impugnado era “de trámite no cualificado” y había “falta de legitimación activa de la parte actora”. Igualmente, respecto al fondo del asunto, interesaba la desestimación del mismo.
Sin embargo, la magistrada encargada del caso considera que “no procede” esa inadmisibilidad al atribuir a la asociación recurrente “la legitimación activa en el presente recurso al tener la consideración de interesada”.
“IMPORTANTES MODIFICACIONES” EN LOS ESTUDIOS DE VIABILIDAD
La sentencia sostiene que tanto el estudio de viabilidad presentado por el Real Madrid C.F. como el posterior estudio de viabilidad económico-financiera elaborado por la Administración sufrieron “una alteración significativa” tras el trámite de audiencia pública, “siendo el propio Ayuntamiento quien introdujo importantes modificaciones las cuales no fueron sometidas nuevamente a información pública”.
Tampoco se aporta, señala el fallo, “prueba que acredite los parámetros de cálculo y los resultados obtenidos por la Administración” con los parámetros utilizados que se mencionan en el estudio de tráfico, ni se aporta “un estudio de Transporte”.
La sentencia destaca, por otro lado, que los estudios de tráfico que se han considerado por el Consistorio en fundamento de su interés “solo se han basado en simulaciones para una hora punta horaria de un día tipo y no para cuando se producen eventos masivos”.
En consideración a lo expuesto, el fallo apunta a que el Ayuntamiento de Madrid “no ha llegado a acreditar en el presente procedimiento que la ejecución de dos aparcamientos, de los cuales, uno proyecta una conexión directa con el parking propio del Estadio Bernabéu, satisfaga una finalidad de interés público y general acorde con el Planeamiento Urbanístico y específicamente con Plan Especial”.
A mayor abundamiento, insiste en que “el déficit de plazas que a tal fin puedan quedar colmadas para los residentes de la zona en modo alguno puede compadecerse con el perjuicio medioambiental previsible para aquellos”, pero “también para el resto de los ciudadanos en general”, en consideración a una posible supresión de arbolado y zonas verdes que conllevaría la ejecución de las obras, así como a “la saturación del tráfico y aumento de la contaminación atmosférica y acústica que provocaría el incremento del trasiego de vehículos en la zona”, cuyas “molestias” se verían “superadas con creces con ocasión de la celebración de eventos en el estadio del Real Madrid”, entidad que “saldría beneficiada por la ejecución proyectada”, subraya la sentencia.
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