MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
La jueza de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Parla ha concluido el sumario de investigación abierto contra el actor Juanjo Ballesta por la supuesta comisión de un delito de agresión sexual y ha acordado que no ha lugar a su procesamiento al estar plagada la versión de la víctima de “múltiples” contradicciones.
Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press y contra el que cabe recurso, en el que la magistrada determina que “de lo actuado no se deduce la existencia de indicios racional alguno de criminalidad” frente al actor ni frente al otro investigado.
Ballesta siempre ha defendido en el procedimiento su inocencia y mantenía que no conocía de nada a la denunciante. En el marco de la instrucción, su abogada, la letrada Beatriz Uriarte del despacho Ospina Abogados, solicitó el archivo de las actuaciones ante las contradicciones de la perjudicada.
La denunciante sostenía que el popular actor que dio vida a ‘El Bola’ y otro hombre la agredieron sexualmente en esta localidad madrileña en días diferentes. En el caso de Ballesta, los hechos se habrían producido el 20 de julio de 2023 en una acera tras acudir a un banco a sacar dinero.
La mujer estuvo doce días ingresada en un hospital psiquiátrico tras los hechos y fueron los facultativos de este centro quienes interpusieron la denuncia tras conocer lo supuestamente sucedido durante varios días.
En la instrucción, las psiquiatras descartaron que lo manifestado por la víctima fuera fruto de la esquizofrenia que padece y desecharon la hipótesis de que sean delirios sufridos como consecuencia de la descompesación que padecía por el consumo de tóxicos.
CONTRADICCIONES
En el auto por el que se concluye la causa, la jueza recuerda que la víctima “arrastra dificultades y problemas de salud mental desde hace muchos años, habiendo sido diagnosticada de esquizofrenia paranoide”.
Trae a colación documentación que consta en la causa en la que se recoge que el 12 de julio de 2023 la víctima perdió su medicación y que en “esa fecha llevaba días sin tomarla, siendo este día muy próximo al día en que, según ella, ocurrieron los hechos y desde el punto de vista Médico Forense resulta verosímil que la mujer presentase alterada sus capacidades cognitivas y volitivas en el momento de los hechos”.
Por ello, la magistrada destaca que “no se puede descartar la posibilidad de que se trate de fabulaciones o pseudofabulaciones” y agrega que, “si bien no puede hablarse de una falsedad consciente, concurren en el presente caso motivos para considerar que los hechos puedan ser a consecuencia de sus problemas de salud mental, la falta de medicación y el consumo de sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas que ella misma reconoció”.
Insiste en que es evidente que “se han producido alteraciones muy relevantes en sus declaraciones y no ha sido siquiera persistente en aspectos esenciales, llegando a afirmar, incluso, que cuando se encontraba en el domicilio de uno de los investigados había sido agredida sexualmente por más varones”.
De igual modo, la jueza considera que “no concurre el criterio que es realmente importante que se dé en todo procedimiento seguido por cualquier delito: la concurrencia de elementos objetivos que otorguen consistencia al relato de quien afirma ser víctima o testigo de un hecho delictivo, incluso cuando no concurran los otros parámetros”.
“Y, en el presente supuesto, es evidente que la corroboración del testimonio de la víctima no se puede apreciar por ningún lado”, señala, añadiendo que “no obra en autos ningún elemento que permita afirmar la verosimilitud de su testimonio, no existe una coherencia interna y externa en el mismo”.
“Su versión está plagada de múltiples contradicciones sin que existan elementos que apoyen su testimonio”, concluye en la resolución la magistrada.
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