MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha admitido el recurso de Unidas Podemos contra la Mesa de la Asamblea de Madrid por la designación de miembros del Consejo de Radio Televisión Madrid (RTVM) al no considerarlo de su competencia.
El auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJM explica que ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo serán impugnables “los actos de los órganos de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas cuando se dicten en materia de personal, administración y gestión patrimonial, pero no lo serán si versan sobre otras materias o cuestiones adoptadas en asuntos de su competencia ajenos a las materias citadas”.
“En este caso parece evidente que el acuerdo objeto de impugnación no versa sobre materias de personal, administración o gestión patrimonial, pues ejercita la competencia prevista en el artículo 229 del Reglamento de la Asamblea de Madrid, que establece que la Comisión de Radio Televisión Madrid puede proponer cuatro de los nueve miembros del Consejo de Administración”, han expuesto.
Simultáneamente a la apertura de la convocatoria pública deberá elevarse propuesta de designación de los cuatro miembros del Consejo de Administración que son designados directamente por el Pleno de la Asamblea de Madrid. A tal efecto, la Mesa de la Asamblea determinará el número de miembros que corresponda proponer a cada Grupo Parlamentario.
“Se trata pues de un acto puramente parlamentario, en tanto ejercita una función representativa de la Cámara o de sus órganos o sus miembros, expresamente atribuida tanto por el Estatuto de la Comunidad de Madrid como por el reglamento de la Asamblea”, han esgrimido.
Por ello, han acordado declarar la “inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución de la Mesa de la Asamblea” de 23 de mayo de 2022, por la cual se designaba el número de candidatos a proponer por los grupos parlamentarios para el Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid por tratarse de un acto no susceptible de impugnación; sin especial declaración en cuanto a las costas procesales”.
Estos candidatos se votarán previsiblemente mañana en pleno, aunque antes se determinará si este punto del orden del día queda eliminado a petición de Unidas Podemos.
- Te recomendamos -