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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica la absolución de tres agentes de policía que dispararon y mataron a un joven en Vallecas

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MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la sentencia que absolvió a tres agentes de la Policía Nacional juzgados por abatir el 26 de noviembre de 2021 a tiros a un joven de 21 años en el rellano de su casa de Vallecas.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que los magistrados desestiman el recurso interpuesto contra la resolución de abril de 2024 que exoneró a los agentes.

La absolución se produjo después de que el jurado popular que enjuició los hechos apreciara que concurría una eximente completa de legítima defensa que les libra de responsabilidad penal.

En la argumentación jurídica, la Sala expone que “no puede, dentro de su ámbito de enjuiciamiento, sino concluir que la motivación de la sentencia apelada excluye de raíz cualquier sombra de arbitrariedad o sinrazón que pudiese atentar contra el derecho a la tutela judicial efectiva de las acusaciones apelantes”.

Los hechos juzgados se produjeron la tarde del 26 de noviembre de 2021 en menos de un minuto cuando los agentes subieron en ascensor a la planta novena del edificio. En un espacio de un metro, se vieron sorprendidos por el ataque violento de la víctima, que se les abalanzó sin mediar palabra con un cuchillo.

Los acusados detonaron cerca de 19 disparos en la intervención policial. El joven murió por un shock hipovolémico como consecuencia de los cuatro impactos recibidos en el abdomen.

Solo uno de los agentes usó su derecho a la última palabra , reiterando que él y sus compañeros obraron para defender su vida y la de sus compañeros. “Kevyn no nos dejó más opciones”, recalcó ante el tribunal.

La familia solicitaba una condena de cinco años de cárcel por una eximente incompleta al considerar que tienen que tener algún tipo de responsabilidad por lo sucedido.

EVITAR UNA AGRESIÓN NORMAL

En su declaración, los procesados defendieron que actuaron para defenderse de una agresión mortal, lo que les eximiría de responsabilidad penal en el caso de que el tribunal de jurado aprecie esta eximente en su modalidad completa.

A pesar de los disparos, tuvieron que esposar al chico en el suelo cuando le estaban asistiendo los equipos sanitarios. El consumo de diferentes tipos de drogas, entre ellas éxtasis, le llevó a tal estado de excitación que no era consciente de los impactos, según ratificaron los expertos forenses en a prueba pericial.

El jurado popular visionó en una de las sesiones del juicio una recreación visual en el que unos agentes que no son los acusados realizan una reproducción “concisa” de lo sucedido en la planta novena en un espacio de un metro entre el ascensor, las escaleras y la puerta de la vivienda. Todo ocurrió en menos de 50 segundos.

Las imágenes mostraban las acometidas de la víctima con un cuchillo contra los agentes y cómo estos se ven obligados a desenfundar sus armas reglamentarias después de que el escudo se les cayera al tropezar al estar en un espacio muy reducido.

Los forenses manifestaron que hallaron tres tipos de droga en la analítica de sangre y orina del fallecido que pudieron influir en su estado de excesiva agresividad, ratificando en la vista oral que hubo un consumo reciente con varias dosis en las ocho horas anteriores a la muerte.


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