MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al Ministerio del Interior a pagar 45.000 euros de indemnización a un preso de nacionalidad china que fue violado en una celda de la cárcel de Valdemoro en septiembre de 2019, además de al autor de los hechos con una pena de 6 años más de prisión.
Todo ocurrió el día 21 a las 22 horas de ese día en una de las celdas del módulo 6 de la cárcel. Un preso cogió al otro del cuello, le tumbó en la litera de abajo, le inmovilizó con los brazos sobre el pecho y “abriendo un sobre de lubricante con la boca se lo puso en una de las manos e introdujo varios dedos en sus nalgas y luego el pene en su zona anal”, según relatan los hechos probados de la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
A consecuencia de estos hechos, la víctima tuvo lesiones consistentes en hematomas digitales en ambos tríceps y ambos glúteos y edema intenso en zona anal, con hematomas perianales de aproximadamente 7×5 centímetros que precisaron para su curación de una primera asistencia facultativa.
Al día siguiente a las 15 horas, el interior de su celda, dada la negativa de mantener relaciones sexuales, el procesado se dirigió de nuevo a la víctima y, “con ánimo de menoscabar su integridad física le dio puñetazos en la cabeza, golpes contra la pared y patadas en las piernas”. A consecuencia de estos hechos, sufrió varias lesiones y la pérdida de un diente.
El magistrado asegura que el centro penitenciario de Valdemoro “incumplió el régimen celular individual, autorizando un funcionario de servicio del centro penitenciario la solicitud del procesado de compartir la celda con su víctima, sin recabar su consentimiento mediante intérprete y careciendo de competencias para ello”.
Los hechos probados quedan acreditados a través no solo del reconocimiento de los hechos por el propio acusado, sino también de una pluralidad de medios probatorios por las medidas y por restos biológicos encontrados, además de los testimonios de los funcionarios.
Además, le queda claro que la víctima no fue asistida de intérprete cuando realizó esa solicitud de cambio de celda, al no disponer de un conocimiento suficiente del idioma, “como por el contrario sí se hizo en la Enfermería, por lo que no puede afirmarse que la solicitud se practicase con las debidas garantías”.
En este sentido, recuerda a la Administración que le corresponde el cumplimiento de las previsiones legales en materia penitenciaria. “La infracción de la norma mencionada y el hecho de que los dos internos compartiesen celda posibilitó y favoreció que el procesado llevase a cabo tan execrables actos”.
Por consiguiente, el Juzgado condena al acusado como autor penalmente responsable de un delito de agresión sexual con acceso carnal previsto en el articulo 178 y 179 del Código Penal, en concurso real con un delito leve de lesiones, a 6 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio o aproximarse a la misma una distancia inferior a 1.000 metros durante la pena, libertad vigilada durante 4 anos tras el cumplimiento de la pena de prisión, además de 180 euros por las lesiones leves.
La responsabilidad civil subsidiaria recae en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias dependiente del Ministerio de Interior y el Centro Penitenciario de Valdemoro, que deberá indemnizar a la víctima con 5.000 euros por los daños morales, 2.175 euros por las lesiones ocasionadas, 37.759,83 por las secuelas originadas más los gastos de reparación odontológica que se acreditaran y así fueran determinados en ejecución de sentencia, más los intereses.
El fallo judicial no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 10 días siguientes a su notificación, recurso que seguramente formalizará la Administración.
- Te recomendamos -