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Durán denuncia “graves irregularidades” sobre voto por correo en un evento de otro candidato al ICAM y pide su anulación

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Reclama que las sedes de las candidaturas o las de cualquiera de los candidatos no puedan ser usadas como domicilios electorales

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

El candidato de ‘Juntos por la Abogacía’ al Decanato del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Miguel Durán, ha denunciado este jueves ante la Comisión Electoral del Proceso Electivo 2022 “las graves irregularidades que se produjeron en un evento promovido por el aspirante Raúl Ochoa, en el que se recogieron datos de colegiados para el voto por correo, por lo que solicita que se anulen”.

El 3 de noviembre, Durán dirigió un escrito a la misma Comisión solicitando que se prohibiera que las sedes de las candidaturas o las de cualquiera de los candidatos puedan ser usadas como domicilios desde los que se transmita de forma masiva los votos por correo.

A través de los medios de comunicación –ya que no se le ha notificado de forma expresa–, el denunciante ha conocido que la Comisión Electoral ha desestimado sus pretensiones y lo ha hecho, a su juicio, “sin motivación expresa suficiente, por lo que se estudiará las vías legales y reglamentarias pertinentes en relación a dicha resolución y a cuantas, sobre el mismo asunto, puedan producirse en el futuro”.

En su escrito, el candidato de ‘Juntos por la Abogacía’ ha subrayado que este llamado ‘voto vicario’, es decir, el tramitado por delegación del votante, está teniendo lugar, “a todas luces de manera bochornosa, en este proceso electoral”. Concretamente, ha detallado lo que ocurrió el pasado lunes por la noche, cuando el aspirante Raúl Ochoa convocó a todos los colegiados a un acto lúdico-festivo en la discoteca Pachá de Madrid.

“Allí, personal auxiliar de la candidatura ‘Activa el Cambio’ pidió a los asistentes el DNI, que era escaneado mediante una aplicación móvil, requisito imprescindible para acudir a la fiesta con la excusa de ‘controlar el aforo’. A continuación, los invitados pasaban a otra estancia, en la que un notario les enseñaban una hoja que tenían que rellenar con sus datos personales. Uno de los campos ya estaba rellenado, el del domicilio, que correspondía al domicilio de Raúl Ochoa”, han relatado los denunciantes en una nota de prensa.

“Como también preveíamos en nuestro escrito anterior, ese domicilio es (era) el que se consigna para que nuestro Colegio remita la documentación necesaria para votar por correo, induciendo así al elector a sustituir su propio domicilio colegial por el del señor Ochoa, con lo que todo ello comporta de grosera alteración de la naturaleza personal, directa y secreta del voto”, ha denunciado Miguel Durán en el escrito.

Según ha seguido relatando, ante las quejas de algunos asistentes a esta fiesta, el personal “les contestaba que se trataba de un trámite necesario para el voto por correo y que figuraba el domicilio de ese candidato porque ‘allí se procedería a emitir el voto'”.

“Y si preguntaba cómo era posible eso sin su intervención, le contestaban que ‘en tal caso, se le llamaría para que acudiera al domicilio del señor Ochoa’. Tampoco se podía salir de la fiesta con dicha hoja formulario, como recoge una grabación que Durán podrá a disposición de la Comisión Electoral”, critican desde ‘Juntos por la Abogacía’.

“Si es el señor Ochoa y su personal quien recibe la certificación censal del potencial elector, y es también él o su personal quienes completan todo el trámite subsiguiente de introducción de la papeleta de voto, la fotocopia compulsada del DNI, el certificado censal y todo cuanto demás sea necesario, diligencia luego el sobre contenedor general con el destinatario (el ICAM), y pone por último el nombre y apellidos del elector, ¿Cuál es la participación real y efectiva de dicho elector para que se entienda que ha votado él de manera personal, directa y secreta?”, se pregunta Miguel Durán.

Por todo ello, ha pedido al a Comisión Electoral del Colegio que “impida que se consolide el fraude aquí denunciado”, averigüe la identidad del fedatario público que asistió al evento; se facilite todo lo que intervino, el acta que levantó y la hoja que hizo rellenar a los asistentes; “se identifique a todas las personas captadas para el voto por correo y se proceda a anularlos los votos de todas las personas que, así captadas por el candidato Ochoa, envíen su documentación de votación al ICAM”.

Asimismo, el denunciante ha exigido que se determine cuántos colegiados han señalado domicilio común, es decir, el mismo domicilio para recibir la certificación censal y se determine la posible procedencia común de peticiones de voto por correo en cuanto a las estafetas del Servicio Público de Correos en que hayan podido tramitarse de esa manera.

“NO PUEDEN SER CANDIDATOS Y A LA VEZ DIPUTADOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO”

Por otra parte, el aspirante de ‘Juntos por la Abogacía’ ha criticado la “irregularidad” de que haya candidatos a las elecciones del Colegio que al mismo tiempo sean diputados en ejercicio de la Junta de Gobierno saliente.

“En lo único que tengo alguna duda, y se lo digo a la Comisión Electoral, es sobre si esta circunstancia es absolutamente invalidante para seguir siendo candidatos o si basta con que los señores afectados dimitan como diputados. En todo caso, nos adherimos a la petición de ALA y hacemos reserva expresa de acciones legales si no se adoptan medidas urgentes”, ha señalado.

En este sentido, Miguel Durán ha expresado su disconformidad con el informe que elaboró el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) en diciembre de 2021, desestimando la necesidad de que dimitan los diputados de las Juntas de Gobierno que se presenten a unas próximas elecciones, interpretando el nuevo EGAE. “No hay por dónde cogerlo (…) El informe elaborado por Doña Margarita Pastor Fernández, en nombre del CGAE, me parece sencillamente imposible de asumir”, lamenta.

Dicho documento, que lleva fecha de 20 de diciembre de 2021 y título ‘Informe sobre la interpretación del artículo 79.3 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo’, fue elaborado a petición del Colegio de Abogados de Zamora.

La organización colegial preguntaba si “un miembro de la Junta sale a elección, ¿debe dimitir si se va a presentar nuevamente a las elecciones, bien a su cargo o a cualquier otro de los que salen en la misma convocatoria?”. La autora del informe del CGAE, Pastor Fernández, después de estudiarse ese artículo del Estatuto General –que entró en vigor el 1 de julio de 2021–, responde que no es necesario, basándose en la interpretación legal de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Para Durán, el informe de la letrada “es simplemente inasumible”. “La señora Pastor Fernández, de cuya calidad jurídica solo podría dudar en base a este informe, utiliza una ‘tertium comparatonis’ que es de todo punto imposible pues compara la posición de los miembros del Gobierno de España con la que tienen los diputados de la Junta de Gobierno del Colegio de la Abogacía de Madrid”, ha concluido.


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