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Casi mil vehículos fueron sancionados por emisiones contaminantes de tráfico rodado en Madrid desde julio de 2021

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MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

Los Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid han realizado 9.944 controles sobre emisiones contamientantes de tráfico rodado desde julio de 2021 y han denunciado a 998, aproximadamente el 10%, lo que obliga a someter el vehículo a una ITV en el plazo de un mes y, en caso de no hacerlo, puede suponer multas por importe entre 750 y 3.000 euros.

Los Agentes de Movilidad cuentan desde octubre con tres Estaciones Móviles Duales que permiten medir el nivel de las emisiones contaminantes de los vehículos diésel, gasolina y GLP. Estos dispositivos, llamados opacímetros, adaptados a la normativa europea, se sitúan de manera sencilla en el tubo de escape y, mientras el conductor acelera, mide las emisiones con un tiempo de respuesta de 5 segundos.

En concreto, estos nuevos dispositivos móviles permiten medir el contenido en monóxido de carbono (CO), dióxido de carbono (CO2), hidrocarburos (HC), hexano equivalente (C6H14) y en oxígeno (O2). Los aparatos emiten de manera automática un tique en el que se muestra si dichos valores se superan.

De ser así, los agentes levantan acta derivan a los conductores a que obligatoriamente pasen, en el plazo de un mes, una Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en centros autorizados. En caso de no realizar esta inspección, o de no adoptar las medidas correctivas pertinentes, podrán ser sancionados con multas por importe entre 750 y 3.000 euros.

El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante, acompañado por la concejala de Usera, Sonia Cea, se ha desplazado este miércoles hasta la plaza Elíptica para comprobar el funcionamiento de estos nuevos detectores de gases.

La Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS) que el Ayuntamiento de Madrid aprobó en marzo de 2021 incluyó, en su artículo 30, el control de emisiones de los vehículos con el objetivo de contribuir a mejorar la calidad del aire de la capital.

Así, con la normativa vigente, desde el 1 de julio de 2021 pasado y hasta el momento el Cuerpo de Agentes de Movilidad ha realizado controles en 9.944 vehículos que, mediante inspección visual, y ahora con los opacímetros, demostraban indicios evidentes de emisiones excesivas. Del total de vehículos a los que se ha dado el alto se han denunciado 998 por rebasar las emisiones estipuladas, un 10% del total.

Según ha explicado Javier Garoño, supervisor del dispositivo en Plaza Elíptica, la mayoría de los vehículos, la inmensa mayoría, cumplen con la norma” y “se ven pocos vehículos que superen los umbrales”.

Las inspecciones se han desarrollado en puestos de las principales salidas de la M-30: Pirámides, Virgen del Puerto, Conde de Casal, plaza de José María Soler, plaza de castilla, Puente de Ventas, plaza de Legazpi, glorieta de Santa María de la Cabeza, puente de los Franceses con la avenida de Valladolid, plaza de Cristo Rey y glorieta de San Vicente.

“Con estos dispositivos, que son similares a los que se emplean en las ITV, conocemos las emisiones reales de un vehículo y facilitamos la labor a los Agentes de Movilidad” en su labor de garantes del respeto al medio ambiente, ha destacado Carabante.

REVISIÓN EN 30 DÍAS

Los propietarios de los vehículos denunciados han de saber que, si una vez pasado el periodo establecido en la normativa (30 días) no es sometido a una ITV, constituye una sanción tipificada como leve en el artículo 53 de la OCAS, pudiendo llevar aparejada una multa de hasta 750 euros.

Si el requerimiento de los agentes de la autoridad se hubiera producido durante la vigencia de un episodio de contaminación, no pasar la ITV supondría una infracción grave que podría acarrear una multa de hasta 1.500 euros.

La negativa absoluta, resistencia u obstrucción a la actividad de inspección o control que impida su realización supone una infracción muy grave penalizada con hasta 3.000 euros.

Los agentes también pueden proceder a inmovilizar un vehículo, tal y como se recoge en el artículo 31 de la ordenanza, si se superan los niveles máximos permitidos de emisión de gases y humos, sobre todo si se hubieran activado las medidas de actuación en episodios de contaminación y mientras no se hayan subsanado las causas del incumplimiento. También será motivo de inmovilización del vehículo cuando los humos puedan dificultar la visibilidad a otros conductores.

Si se llega a la situación extrema de que el vehículo sea trasladado al depósito, se podrá recuperar cuando se suscriba el documento de compromiso de reparación y de nueva presentación del vehículo debidamente corregido ante un centro de inspección autorizado y de no circular hasta que la inspección sea favorable.

TRÁFICO RODADO, PRINCIPAL FUENTE DE CONTAMINACIÓN

Las emisiones del tráfico rodado producen contaminantes que afectan a la calidad del aire y contribuyen al cambio climático por los gases de efecto invernadero. En concreto, un vehículo con clasificación ambiental A emite de media para el municipio de Madrid 1,6 veces más de gases contaminantes que un vehículo con clasificación ambiental B; 7,2 veces más que un vehículo con clasificación ambiental C y 47 veces más que un vehículo con clasificación ambiental ECO.

En este marco, la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360 y todas las medidas que se han puesto en marcha desde febrero de 2020 han permitido a Madrid cumplir por segundo año consecutivo con la directiva europea de calidad del aire.


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