MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Madrid endurecerá las penas por el abandono de residuos por realizar botellón y las multas pasarán de los 600 euros actuales hasta los 2.000 euros, tal y como se recoge en el anteproyecto de la ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular aprobado este jueves en la Junta de Gobierno de la ciudad.
“Hasta ahora se equiparaba tirar un residuo menor a la vía pública con dejar grandes residuos como los que generan estos eventos. Por ejemplo, la conducta sancionadora de tirar un papel a la vía pública era la misma que dejar en el suelo varias botellas o vasos”, ha explicado el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, en rueda de prensa.
Por otra parte, las sanciones por realizar grafitis sobre cualquier superficie de la capital partirán de un importe mínimo de 2.000 euros y podrán llegar a los 3.000 euros. Ahora, la sanción leve por realizar pintadas en mobiliario urbano, muretes, pilares o puertas es de 600 euros. Además, por primera vez, todo grafiti irá asociado, al margen de la propia sanción, de la exigencia de la reparación de los daños.
En caso de reincidencia, la normativa autonómica contempla cuantías de 600 a 6.000 euros para las pintadas vandálicas. El Ayuntamiento de Madrid castigará estas infracciones repetitivas con un importe de salida de los 4.000 hasta los 6.000 euros que puede alcanzar.
LIMPIEZA EN BARES, QUIOSCOS Y MERCADILLOS
La nueva normativa establece que las personas titulares de actividades abiertas al público como bares, cafés, quioscos, puestos de venta y mercadillos, cajeros automáticos, terrazas y similares, así como comercios en general, sean de carácter permanente o temporal, están obligadas “a mantener en todo momento en las debidas condiciones de limpieza el dominio público ocupado, incluyendo la limpieza de cualquier mancha o suciedad producida por su actividad”.
Deberán además recoger diariamente todos los residuos y basuras, así como realizar la limpieza de cualquier mancha o suciedad producida por su actividad. Infringir estas obligaciones puede acarrear una sanción de 750 euros.
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