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Xavier Arbós cree que el TC puede considerar constitutional la ley de amnistía

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Avisa de que una vez aprobada “se tiene que presumir como constitucional hasta que el TC diga lo contrario”

BARCELONA, 14 (EUROPA PRESS)

El catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona (UB) Xavier Arbós considera que hay “margen” para que el Tribunal Constitucional (TC) avale la ley de amnistía, a pesar de que su opinión es que la propuesta de ley registrada no cumple con los requisitos de constitucionalidad.

En declaraciones a Europa Press, Arbós ha remarcado que una vez la ley se publique en el BOE “entra en vigor y desde el punto de vista estrictamente jurídico se tiene que aplicar, se tiene que presumir como constitucional hasta que el TC diga lo contrario”, y ha recordado que un eventual recurso no suspendería la vigencia de la ley.

El catedrático ha valorado que la exposición de motivos de la norma está “bien hecha” y que el texto no menciona el ‘lawfare’, si bien considera inadecuado que supone un sacrificio al principio de igualdad.

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Otro aspecto que ha destacado es lo que la amnistía “significa privar en términos absolutos a juzgados y tribunales de juzgar y hacer ejecutar aquello que han juzgado”, porque la ley obligará a archivar las causas amnistiadas que no hayan llegado a juicio.

Arbós también ve interferencias en el derecho a la tutela judicial efectiva, que “comporta el derecho a recibir una sentencia”, ya sea favorable o no, también para los denunciantes o quienes ejercen como acusaciones.

En este sentido ha puesto como ejemplo a los votantes que denunciaron a agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil por las cargas del 1-O; un ejemplo opuesto, ha mencionado, es la acusación popular que ejerce Societat Civil Catalana (SCC) en la causa ante el Tribunal de Cuentas (TCu): si los investigados en la causa son amnistiados y la causa se archiva SCC “no tendría derecho a recibir sentencia”.

PROPONE EL INDULTO

Por todo, Arbós considera que “tal vez habría otros medios, por ejemplo el indulto, para llegar al mismo objetivo sin la necesidad de plantear los mismos problemas”.

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Esta vía “representa igualmente un trato desigual porque quienes están cumpliendo sentencia se ven liberados por un motivo determinado y otros que están cumpliendo sentencia no”, pero en cambio no afectaría a los derechos de jueces y tribunales ni a la tutela judicial efectiva porque solo se aplica a casos ya condenados, ha añadido Arbós.

El jurista ha valorado que el debate sobre la amnistía es “complejo y complicado porque la Constitución no habla de amnistía y porque no hay certezas en la jurisprudencia del TC sobre una amnistía posterior a la Constitución, por tanto hay buenos argumentos en los dos lados”.


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