Se pueden hacer ofertas hasta el 15 de junio
Una de las viviendas subastadas está en la Gran Vía Carlos III de Barcelona
La Generalitat saca a subasta 47 inmuebles procedentes de herencias intestadas, de los cuales todos están en Cataluña excepto un piso en Vinaròs. El paquete de inmuebles que se pone en venta es el siguiente:
Las propiedades están distribuidas en 46 lotes separados, uno de los cuales está formado por dos inmuebles. En total hay:
26 viviendas: Àger (1), Artesa de Segre (1), Barcelona (9) Castelldefels (1) Granollers (1), l’Hospitalet de Llobregat (1), Pallejà (1), Santa Coloma de Gramenet (1), Segur de Calafell (1), Tarragona (1), Tàrrega (1), Tremp (1), Valls (4), Vila-rodona (1) y Vinaròs (1).
1 terreno en Àger.
5 locales comerciales: Badalona (1), Barcelona (3) y Masquefa (1).
1 plaza de aparcamiento en Barcelona.
2 edificios: Barcelona (1) y Girona (1).
1 estudio en Barcelona.
8 solares: Breda (1), Castelldans (1), Gelida (1), Girona (1), l’Hospitalet de Llobregat (1), Molins de Rei (1) y Tordera (2).
1 trastero en Masquefa.
1 nave industrial en Valls.
2 estudios: Barcelona (1) y el Vendrell (1).
¿Qué tengo que hacer para participar?Para participar en la subasta debe depositar, con carácter previo, en la Caja General de Depósitos del Departamento de la Vicepresidencia de Economía y Hacienda, el importe de la garantía del precio de salida de cada inmueble, que se establece en el pliego de condiciones de esta subasta.
¿Cuáles son los plazos?Los interesados en licitar por alguno de los lotes de la subasta, tienen tiempo hasta el próximo 15 de junio para hacer las ofertas, en sobre cerrado, a la Dirección General del Patrimonio de la Generalitat. La apertura de los sobres se hará el 5 de julio del 2018, a las 10 h en un acto abierto al público, donde los licitadores podrán mejorar sus ofertas a mano alzada.
¿Qué se hace con el dinero obtenido con la venta?La Generalitat prevé obtener un mínimo de 4.981.900 euros, que puede ser mejorado al alza. Los importes obtenidos se deben destinar a establecimientos de asistencia social o a instituciones culturales preferentemente del municipio o la comarca donde tenía la última residencia el causante.
- Te recomendamos -