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El TSJC considera que la malversación de Jové, Salvadó y Garriga es “amnistiable”, pero se plantea la posibilidad de consultar al TC o al TJUE

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BARCELONA, 9 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado “amnistiable” el delito de malversación que se imputa al exsecretario de Vicepresidencia de la Generalitat Josep Maria Jové, al exsecretario de Hacienda Lluís Salvadó y a la consellera de Cultura, Natàlia Garriga, en la causa abierta por la organización del 1-O.

En un auto consultado por Europa Press este martes, la Sala Civil y Penal del tribunal los declara amnistiables por los delitos de malversación, prevaricación y desobediencia de los que están acusados y acuerda dejar sin efecto las medidas cautelares que pesan sobre ellos.

Da 10 días a las acusaciones y a las defensas para que “puedan alegar lo que a su derecho convenga sobre la pertinencia de plantear la cuestión de inconstitucionalidad y de formular las correspondientes cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)”, para despejar las reservas sobre su encaje legal, dice.

Los magistrados consideran que “en los tres casos quedarán abarcados por la Ley de Amnistía” atendiendo al marco histórico en que se llevaron a cabo los actos y realizado los delitos de desobediencia que se atribuyen a Jové, Salvadó y Garriga.

La norma establece en dicho precepto se encuadran “los actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza, (…) que hubieran sido ejecutados con el propósito de permitir la celebración de las consultas populares”.

Sin embargo, el documento explica que “mayor dificultad presenta el pretendido encaje, entre los delitos amnistiados, del delito de malversación de caudales públicos a Jové y Salvadó, aun cuando hubieren sido ejecutados entre las fechas y con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña”.

Además, se declaran fuera de la Ley “las conductas malversadoras siempre que haya existido propósito de enriquecimiento”.

MALVERSACIÓN

“Es evidente que la intensidad del quebrantamiento de los deberes de custodia exigibles a los miembros de la Generalitat no puede concurrir en quienes no formaban parte de aquel Govern ni, por ende, pudieron participar en la adopción del decreto y del acuerdo de Gobierno detonantes de la malversación”, añaden.

También razonan que “son perfectamente imaginables supuestos que sí quedarían amparados por la Ley” y que se vería extinguida la responsabilidad criminal.

El juicio a Jové, Salvadó y Garriga por presunta desobediencia en los preparativos del 1-O se aplazó para no coincidir con la campaña electoral del 12-M y estaba previsto del 2 de octubre al 29 de noviembre.


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