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El TS rechaza la querella contra Pisarello, Asens y Badia por el fallido proyecto Open Camp de Montjuïc

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BARCELONA, 4 (EUROPA PRESS)

La Sala Penal del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado admitir a trámite la querella de la empresa Gaudi Innovatio SLU contra los diputados de Sumar, Gerardo Pisarello y Eloi Badía, el exdiputado Jaume Asens y la excomisionada de Deportes del Ayuntamiento de Barcelona, Marta Carranza, a los que responsabilizaba del fallido proyecto Open Camp del Anillo Olímpico de Barcelona.

La empresa acusaba a los querellados de los presuntos delitos de amenazas condicionales, coacciones, extorsión, falsedad documental, fraude funcionarial, prevaricación administrativa, cohecho pasivo y financiación ilegal de partido político, pero el alto tribunal no ve delito en los hechos denunciados, según consta en un auto consultado por Europa Press este lunes.

La empresa relata los hechos que presuntamente llevaron a cabo los querellados “para impedir que el proyecto Open Camp del Anillo Olímpico de Barcelona llegara a buen puerto”, proyecto que había sido concertado entre la empresa municipal BSM y la mercantil Open Camp, que establecía una serie de obligaciones para las empresas contratantes, y que dio lugar a diferentes iniciativas empresariales e inversiones.

En las elecciones municipales de mayo de 2014, indicaba la querella, se produjo un cambio de gobierno en el que formó parte Barcelona En Comú-Podem, en cuyo programa electoral se establecía como uno de sus objetivos tomar medidas para detener la actividad, entre otros proyectos, de Open Camp Anillo Olímpico.

Los magistrados concluyen que no hay razones que justifiquen la apertura de un proceso de investigación penal.

Indican que hay un grupo de hechos que se refieren a la falta de colaboración institucional para que el proyecto Open Camp se desarrollara “y que, caso de ser cierto, podría dar lugar al ejercicio de las acciones civiles o administrativas que correspondan por incumplimiento de lo pactado en contrato pero que son ajenas a la jurisdicción penal”.

Se refiere a la omisión de la obligación de colaboración concertada entre BSM y Open Camp para obtener financiación del proyecto tanto en el ámbito nacional como en el de la Unión Europea (UE) o el desarrollo paralelo de un proyecto similar.

CONFLICTO CONTRACTUAL

“Se presenta como delito lo que no son sino las actuaciones realizadas por los querellados en el marco de un complejo conflicto contractual”, indica el tribunal.

En la querella no se describen hechos que presenten caracteres de delito por lo que las eventuales diferencias existentes en torno al incumplimiento del contrato por parte de BSM y las consecuencias que de ello se puedan derivar habrán de ser planteadas, en su caso, ante la jurisdicción civil o contencioso-administrativa”.


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