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Es “un primer gran paso” por las pocas demandas presentadas en Estrasburgo que se admiten
BARCELONA, 10 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite la demanda que el expresidente de la Generalitat Quim Torra presentó en julio de 2022 contra el Estado español por su inhabilitación, informa este lunes la oficina del expresidente en un comunicado.
El tribunal con sede en Estrasburgo da al Gobierno la posibilidad de presentar sus alegaciones y responder a las preguntas que se le formulan hasta el 29 de mayo, referentes a la inhabilitación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) confirmada posteriormente por el Tribunal Supremo (TS), y cuyos recursos tumbó el Tribunal Constitucional (TC).
Torra fue inhabilitado en septiembre de 2020 como presidente de la Generalitat después que el TSJC le condenara en diciembre de 2019 a un año y medio de inhabilitación para ejercer cargos públicos por un delito de desobediencia tras haber colgado en la fachada del Palau de la Generalitat una pancarta con el mensaje ‘Llibertat presos polítics i exiliats’ –que no retiró en periodo electoral– y la Junta Electoral Central (JEC) valorara que representaba un símbolo partidista.
DERECHOS VULNERADOS
El recurso que presentó la defensa de Torra argumenta que se vulneraron distintos derechos en materia de derechos humanos y civiles en un caso que consideran una “persecución ideológica y política contra la minoría nacional catalana en el Estado español”.
Concretamente, se explicita que se ha vulnerado el derecho a un juicio equitativo y a un tribunal independiente e imparcial, porque en los tres tribunales españoles que trataron el caso, los magistrados estaban “faltos de la más mínima apariencia de imparcialidad”, y también aseguran que se le ha vulnerado el derecho a defensa y a la presunción de inocencia.
Consideran que se vulneró además el derecho a la legalidad penal y que la privación de su condición de diputado “es una vulneración flagrante y desproporcionada del derecho a unas elecciones libres”, como también ven desproporcionada la consecuencia que tuvo la inhabilitación y la pérdida de condición de presidente: el cese del Govern al completo y la disolución del Parlament.
“ACTO DE REIVINDICACIÓN POLÍTICA”
En el recurso se traslada que la exhibición de la pancarta fue un acto de reivindicación política amparado por la jurisprudencia del TEDH, por lo que no se altera “la naturaleza del ejercicio de la libertad de expresión”.
“La reivindicación de libertad por los presos políticos y los exiliados catalanes era, literalmente, el primer punto del programa electoral con el que el presidente Quim Torra concurrió a las elecciones. En el ámbito democrático europeo se admiten pocos límites a la crítica política y el caso contra el presidente Torra es una vulneración clara de la libertad de expresión”, traslada el comunicado.
SEGUNDA DEMANDA DE TORRA AL TEDH
Según el comunicado de la oficina del expresidente, la admisión a trámite es “un primer gran paso” teniendo en cuenta el número de preguntas que el tribunal formula a España y que son muy pocas las demandas presentadas al TEDH que se admiten a trámite.
Más allá del caso de su inhabilitación, el TEDH deberá pronunciarse también sobre la admisión a trámite de la demanda que tanto Torra como el exvicepresidente primero del Parlament, Josep Costa, anunciaron la semana pasada al mismo tribunal por las supuestas escuchas de sus comunicaciones con el ‘software’ espía Pegasus.
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