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El Tribunal Constitucional estima parcialmente un conflicto de competencias sobre Formación Profesional presentado por la Generalitat

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Considera inconstitucionales los preceptos sobre el consejo social y figuras de coordinación

BARCELONA, 26 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia por unanimidad, ha estimado parcialmente el conflicto positivo de competencia promovido por la Generalitat contra algunos preceptos del Real Decreto que desarrolla la ordenación del Sistema de Formación FP.

El Govern consideraba que los preceptos impugnados vulneraban sus competencias en educación porque tenían un carácter excesivamente detallado que limitaba sus competencias autonómicas, informa el tribunal en una nota informativa este miércoles.

Los preceptos que cree que vulneran competencias autonómicas son los que regulan el consejo social en los centros de FP o determinadas figuras de coordinación docente.

“Se han entendido contrarios a la distribución constitucional de competencias y, por tanto, inconstitucionales y nulos en su aplicación a la formación profesional que forma parte del sistema educativo”, afirma.

Por otro lado, señala que los preceptos que no vulneran las competencias autonómicas son, por ejemplo, los que se refieren a la impartición virtual de la docencia, la estructura de las enseñanzas y los criterios de selección de alumnos en los centros docentes.

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CENTROS DE REFERENCIA NACIONAL EN FP

El pleno del TC ha considerado que la intervención estatal en los centros de referencia nacional en el ámbito de la FP (los que realicen acciones de innovación y experimentación en materia de FP, especializados en los diferentes sectores productivos) “no vulnera las competencias autonómicas”.

La sentencia señala que esa intervención está “ligada a las atribuciones estatales en relación con este tipo de centros”, entre las que se encuentran la concreción de las actuaciones a realizar, en colaboración con las comunidades autónomas y la participación en su financiación.


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