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El IEA cree que el TC situó “en un plano subordinado” los derechos de líderes independentistas

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Analiza en un informe sentencias del TC del primer cuatrimestre de 2022

BARCELONA, 4 (EUROPA PRESS)

El Institut d’Estudis de l’Autogovern (IEA) de la Generalitat sostiene que el Tribunal Constitucional (TC) situó “en un plano subordinado” los derechos de representación política de líderes independentistas al resolver los recursos contra condenas por el 1-O y al expresidente de la Generalitat Quim Torra, entre otros casos.

Así se recoge en un informe del IEA sobre la jurisprudencia constitucional relativa a la organización territorial del Estado del primer cuatrimestre de 2022, que destaca que diez procedimientos arrancaron de recursos de amparo de políticos o entidades catalanas, y advierte de que en todos los casos el TC validó las decisiones previas de los tribunales.

Entre ellos, cita los recursos del exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva, Dolors Bassa y Joaquim Forn contra la sentencia del 1-O; el recurso del expresidente Quim Torra contra una de las condenas por no descolgar una pancarta de la Generalitat; y el recurso de los eurodiputados Carles Puigdemont y Toni Comín ante la decisión de las autoridades españolas de declarar vacante su escaño por no desplazarse a España a acatar la Constitución.

El informe también recoge la sentencia del TC que denegó el amparo al exvicepresidente del Parlament Josep Costa ante la admisión a trámite de una querella contra él por presunta desobediencia; la que resuelve un recurso de Cs contra la admisión por parte de la Mesa de propuestas de resolución sobre la autodeterminación; y las que validaron multas a Òmnium y a ANC por vulnerar normas sobre protección de datos con la ‘gigaencuesta’ en 2014.

El instituto considera que detrás de esos casos hay “un trasfondo de naturaleza política que difícilmente puede ser resuelta por los tribunales”, y advierte de que las decisiones del TC pueden tener un efecto desincentivador sobre el ejercicio de los derechos fundamentales.

Apunta, además, que ocho de las diez sentencias tienen votos particulares, lo que “también refleja que las cuestiones planteadas ante el TC no son del todo pacíficas”.

“Se hace evidente que existe una problemática irresuelta que afecta a la voluntad de autogobierno de las instituciones catalanas”, destaca el ente de la Generalitat, que añade que cinco de los 12 recursos de inconstitucionalidad resueltos por el TC hasta abril han sido sobre normas catalanas.

“PREVALENCIA DE LA ACCIÓN PENAL”

A juicio del IEA, la acción penal prevaleció por delante de los derechos políticos de los dirigentes independentistas en esas decisiones del TC: “Los derechos de representación política de los recurrentes no son, a criterio del tribunal, un argumento o factor de peso que deba ser especialmente valorado”, lamenta.

En el caso de Torra, aprecia una “falta de proporcionalidad” en los efectos de la condena –al ser inhabilitado, dejó de presidir la Generalitat y de ser diputado– y avisa de que abre la puerta a usar la vía penal ante el incumplimiento de cualquier acto administrativo, como lo era la orden de la Junta Electoral de descolgar la pancarta.

El IEC también mantiene que la aplicación de algunas normas penales validada por el TC plantea dudas de constitucionalidad: “Las sentencias relativas al referéndum del 1-O efectúan un juicio de constitucionalidad laxa de varios aspectos controvertidos”.

Además, acusa a jueces y magistrados de haber abordado los asuntos desde una “opinión preconcebida” y lamenta que, tras la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de reconocer inmunidad europarlamentaria a Junqueras, el TC no consultara al tribunal cómo aplicar esa decisión y descartara que tuviera incidencia en la condena.

LA MESA E ICETA

Por otro lado, el IEA subraya que las últimas sentencias del TC sobre la Mesa del Parlament consolidan la doctrina según la cual este órgano debe rechazar las iniciativas que supongan un “incumplimiento manifiesto” de la Constitución.

Asimismo, el informe recoge la sentencia del TC que otorgó amparo al entonces diputado del PSC en el Parlament, Miquel Iceta, por el sistema que se utilizó para votar su designación como senador autonómico, que finalmente no salió adelante y que él recurrió ante el TC.

El instituto cree que la argumentación del TC “apunta a una desvinculación de los senadores autonómicos de la asamblea legislativa que los designa, teniendo en cuenta que, para el tribunal, lo esencial es la propuesta de los grupos parlamentarios”, con lo que la decisión de la Cámara pasa a tener carácter de ratificación.

VIVIENDA

Tras analizar las sentencias sobre el decreto ley del Govern contra los desahucios y la ley catalana de regulación del alquiler, el IEA concluye que la competencia exclusiva de la Generalitat en vivienda no “lleva aparejada los instrumentos normativos indispensables para hacer una política propia” y que choca con el ejercicio de otras competencias estatales.

“La intervención normativa de las Cortes Generales, con la futura aprobación de la ley de vivienda, puede acabar consolidando este modelo según cuáles sean los términos en los que se apruebe definitivamente”, resalta.


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