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El Govern ha presentado un recurso contra la suspensión cautelar del decreto de régimen lingüístico educativo

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El TSJC suspendió el decreto tras un recurso de la AEB

BARCELONA, 16 (EUROPA PRESS)

El Govern ha interpuesto un recurso de reposición contra la interlocutoria del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TJSC) que suspendió cautelarmente el Decreto de régimen lingüístico del sistema educativo no universitario.

En un comunicado este martes, ha explicado que el recurso argumenta que “suspender la norma no evita ningún perjuicio ni daño irreparable a los interesados, uno de los supuestos que prevé la ley para dictar unas medidas cautelares”.

“Estos perjuicios y daños irreparables deben ser propios y no ajenos, según la doctrina del Tribunal Supremo, cosa que, según el recurso del Govern, no ocurre en este caso”, ha añadido.

Además, ha considerado que tampoco ha quedado acreditado “que el daño sea real y efectivo en el alumnado catalán porque no se ha aportado ninguna justificación a tal efecto”.

“ESPECIALMENTE RESTRICTIVA”

La Generalitat ha señalado en su recurso que la adopción de medidas cautelares debe ser “especialmente restrictiva” a la hora de suspender disposiciones de carácter general, como la norma impugnada, que ha recordado que despliega normativas vigentes como la Ley de Educación de Catalunya y dos decretos leyes.

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El Govern ha asegurado que la suspensión cautelar no supone “ningún problema respecto a la revisión de los proyectos de los centros”, ya que está está recogido en otro decreto y que la Conselleria de Educación seguirá llevando a cabo, como queda reflejado en los documentos de gestión de centro que contienen las instrucciones pedagógicas para el próximo curso.

El Ejecutivo catalán también se muestra contrario en el recurso a la suspensión cautelar del decreto entero “cuando, en todo caso, las medidas cautelares se hubiesen podido limitar a los artículos donde el tribunal apreciase vulneraciones de derechos”.

APROBADO EN MAYO

El Govern aprobó este decreto en mayo para dar “seguridad jurídica” a las escuelas con sus proyectos lingüísticos y prevé que el catalán es la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en Catalunya.

El TSJC lo suspendió cautelarmente, tras estimar el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe, y en su auto apreció “visos de lesión en los derechos fundamentales” en tanto que el desarrollo reglamentario del decreto contempla el catalán, o en su caso el aranés, como lengua normalmente vehicular y de aprendizaje.

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